Iván Grgic: Importancia del tratamiento de la Ley de Glaciares
o.- El Pregón Minero entrevistó a Iván Grgic, en su calidad de presidente de la Cámara Minera de San Juan, el diálogo -como es habitual- fue ágil y distendido en virtud de la expertise del Presidente de la Cámara minera sanjuanina quien explicó su opinión sobre la importancia del tratamiento” lo antes posible” de la “Ley de Glaciares” por el cuerpo legislativo.
Lo consideró de “suma importancia” y, aclaró, que sería “muy productivo” para el sector tener un marco legal que contenga y sostenga los lineamientos que estructuran el desarrollo del sector minero, como así el de “todos los sectores productivos”.
Subrayó la importancia de la “claridad” que implicaría la ley para darle un lugar de preponderancia a la actividad minera puesto que sería “positivo y conveniente” que se así se pondría de manifiesto dicha importancia al estar presente en la “agenda de prioridades del Presidente”.
Destacó, asimismo aclarada su posición en cuanto a dejar en claro la “competencia de las provincias” en este tema. Y, en el caso de ser “una ley aclaratoria” especificó y puntualizó la necesidad de “claridad” en las “definiciones de la ley” ejemplificando sobre la relevancia que tendrían “las clarificaciones normativas sobre áreas periglaciares y glaciares de escombros y definiciones de significancia hídrica”.
Se transcriben los momentos más importantes del diálogo mantenido
El Pregón Minero: Quieren llevar a sesiones extraordinarias un paquete legislativo que incluye la Ley de Glaciares. ¿Es conveniente? ¿Puede ser productivo para el sector minero?
Iván Grgic: Creemos que es altamente positivo y conveniente que el tema esté en la agenda de prioridades del Presidente, como hemos comentado anteriormente. Y afecta a todos los sectores productivos que necesitan claridad en las definiciones de la ley
EPM: ¿Qué tipo de modificación sería necesaria?
IG: Es fundamental dar claridad del articulado, como hemos mencionado siempre. Además, es muy importante la consideración de la competencia de las provincias.
En el caso de la Provincia de San Juan, se han llevado los puntos de las clarificaciones a los equipos técnicos del gobierno nacional. Y desde la CMSJ hemos mantenido la postura de apoyar a la provincia de San Juan. Hoy, puede ser un decreto reglamentario o una ley aclaratoria. Pero, deber ser resuelto sin demoras.
Si fuera una ley aclaratoria, deberá darle relevancia tanto a la competencia de las provincias sino también las clarificaciones normativas sobre áreas periglaciares y glaciares de escombros y definiciones de significancia hídrica.
EPM: ¿Es necesario llegar a estas instancias o buscar un “acuerdo federal” ?
IG: Muchas veces se ha añadido a la urgencia el mandato de la Corte Suprema acerca de un acuerdo Nación-Provincias.
EPM: ¿Sí se modifica la Ley, puede ser perjudicial? ( los antiambientalista pueden pensar que no fue tratado con la responsabilidad que se merece)
IG: Al contrario. Desde la promulgación de la Ley, el sector minero ha sido quien más ha cumplido, y ha contribuido no solo con análisis legal y técnico de la Ley, sino con datos de las crioformas de los territorios. Sin duda que los pasos aclaratorios que se realicen cuentan con la absoluta seriedad y responsabilidad del sector.
EPM: ¿También, en el sector minero -si se modifica- podrían pensar en una “aceleración” en los proyectos mineros y en la presentación al RIGI (el tiempo corre para desenvolvimiento del RIGI)?
IG: La ley aplica a muchos sectores, no solo el minero. Todos necesitan la claridad de la norma para avanzar en sus proyectos, entre los cuales están los mineros.
En el caso de los proyectos que también apliquen al RIGI, la urgencia de la claridad de la norma está atada no solo a la llegada de inversiones, sino al tiempo de aplicación del RIGI, a julio 2026.
EPM: Cuando salió el RIGI , estaba la posibilidad que se extendiera un año mas, ahora si hay alguna modificación a la Ley de Glaciares seria conveniente esta ampliación para que se puedan presentar mas proyectos mineros al RIGI)
IG: La posibilidad de la ampliación de la aplicación del RIGI no está vinculada solo a la Ley de Glaciares, sino especialmente a la madurez de diversos proyectos de inversión en la Argentina, para que puedan aplicar y generar los desarrollos en todo el territorio nacional, en los diversos temas de inversión que considera la Ley. (El Pregón Minero)
