Repercusiones del fallo sobre el caso YPF, en Nueva York
YPF: tras el fallo en Nueva York, el juicio entra en una etapa clave con nuevos frentes judiciales
o.- El fallo que anuló la condena millonaria abre una nueva etapa en el juicio por YPF, con definiciones pendientes en EE.UU. por parte de los demandantes y una posible escalada al CIADI.
Cómo continúa la causa de YPF en los juzgados internacionales
Tras la revocación de la condena por más de u$s 16.100M, el caso por la expropiación de YPF abre una nueva fase con instancias decisivas en la justicia estadounidense y una vía paralela en tribunales internacionales que podría acelerarse.
Tras el fallo de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York que anuló la sentencia contra la Argentina por la expropiación de YPF, el proceso judicial entra ahora en una etapa determinante, con múltiples caminos legales abiertos y definiciones que podrían extenderse durante los próximos meses -e incluso años-.
La resolución, que dejó sin efecto una condena superior a los u$s 16.100M, no implica el cierre definitivo del litigio, sino el inicio de una nueva fase en la que las partes podrán apelar a distintas instancias para intentar revertir o consolidar el resultado. En este contexto, el especialista Sebastián Maril detalló cuáles son los próximos pasos que podrían marcar el rumbo del caso.
El primer movimiento será un pedido de revisión ante la totalidad de los jueces de la Corte de Apelaciones, mecanismo conocido como hearing en banc. Se trata de una instancia poco habitual, ya que este tipo de solicitudes rara vez es aceptado. Sin embargo, el carácter particular del caso -con una decisión dividida 2 a 1- abre una ventana para que el tribunal evalúe nuevamente el expediente en pleno.
La presentación debería realizarse dentro de los 14 días posteriores al fallo, mientras que la respuesta podría demorar entre 20 y 45 días. En caso de prosperar, el juicio adquiriría una dimensión excepcional dentro del sistema judicial estadounidense.
Si esta instancia no tiene éxito, el siguiente escalón será la Corte Suprema de Estados Unidos. Allí, la parte interesada podrá presentar un pedido de revisión (certiorari), aunque las probabilidades de que el máximo tribunal acepte tratar el caso son históricamente bajas. Aun así, el calendario judicial introduce un factor clave: la Corte entra en receso el 31 de julio y retoma su actividad en la primera semana de octubre.
Si el recurso se presenta antes de esa fecha, una eventual respuesta podría conocerse hacia diciembre de este año. En caso de rechazo, se habrán agotado todas las vías judiciales en Estados Unidos. Por el contrario, si la Corte decide intervenir, el proceso se extenderá considerablemente y una resolución final podría demorarse hasta mediados de 2027.
En paralelo a este recorrido dentro del sistema judicial norteamericano, existe una alternativa adicional que no requiere agotar las instancias anteriores: el inicio de un proceso ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el tribunal arbitral del Banco Mundial.
En este frente, el síndico concursal con sede en Madrid continuará con su rol de representación de los acreedores y avanzará conforme al mandato del Juzgado Mercantil N°3. Según anticipó Maril, esta vía podría activarse antes de lo esperado, lo que introduciría una dinámica paralela al proceso en Estados Unidos.
La posibilidad de un reclamo en el CIADI agrega un nuevo nivel de complejidad al caso, ya que implicaría trasladar la disputa a un ámbito de arbitraje internacional, donde los tiempos y criterios difieren de los tribunales estadounidenses.
Pese al fallo exitoso, aún queda un largo camino por recorrer por YPF
El litigio por YPF, que se originó tras la estatización del 51% de la compañía en 2012, se convirtió en uno de los casos más relevantes para las finanzas públicas argentinas en las últimas décadas. La sentencia de primera instancia, dictada en 2023 por la jueza Loretta Preska, había ordenado el pago de una indemnización multimillonaria a los fondos demandantes por no haber realizado una oferta pública de adquisición (OPA) a los accionistas minoritarios.
La reciente decisión de la Cámara de Apelaciones representó un alivio inmediato para la Argentina al dejar sin efecto esa condena. Sin embargo, el proceso aún está abierto y las próximas definiciones serán determinantes para establecer si el fallo se consolida como un cierre definitivo o si el caso vuelve a escalar en el sistema judicial internacional.
Sebastián Maril en su cuenta X especificó los Próximos Pasos en el juicio por la expropiación de YPF:
1. Pedido de revisión a todos los jueces de la Corte de Apelaciones. A esto se le llama Hearing en bancos. Aunque rara vez la totalidad de los jueces aceptan este pedido, este juicio es muy particular y tuvo una decisión 2-1. Si los jueces aceptan, el caso tomaría una dimensión excepcional frente a la justicia neoyorquina. Tiempo estimado de presentación: 14 días. Tiempo estimado de respuesta: otros 20 a 45 días.
2. Si el paso anterior falla, la alternativa que queda es la Corte Suprema. Los jueces supremos entran en receso el 31 de julio y regresan la primera semana de octubre. Si se presenta un pedido de revisión (certiorari) antes de julio, probablemente tengamos una respuesta la Corte en diciembre. Si rechaza el caso, las vías legales en EE.UU. se habrán agotado. Si acepta revisar el caso, se espera una respuesta para julio 2027.
3. La alternativa paralela (que puede ser presentada sin necesidad de agotar los dos puntos anteriores) es ir al CIADI [Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones]. El síndico concursal madrileño no abandonará sus responsabilidades de representar a los acreedores y de cumplir con el mandato de la Corte Mercantil N.3 de Madrid. La denuncia en el CIADI seguramente será presentada antes de lo previsto. (ámbito.com; 29/03/2026-13:15hs)
Fallo por YPF: el juicio no salió de un repollo
o.- (Pablo Vaca) El fallo favorable al país en el caso YPF tuvo la insólita característica de generarles un beneficio tanto al Gobierno como a la oposición. Unos porque movían del primer plano la charla sobre Adorni y otros porque se sacaban una lápida de encima para la campaña 2027. Ambos festejaron y ambos se adjudicaron virtudes por la noticia. Por supuesto, ambos aprovecharon para insultarse mutuamente.
Sin embargo, lo que debería recordarse siempre, tras el respiro que les dio a las arcas criollas el dictamen de la Corte de Apelaciones de Nueva York, es cómo fue que se llegó a este punto: el riesgo de pagar u$s 16.000 M no salió de un repollo, sino de una política concreta que podría enseñarse en las escuelas como modelo de estafa.
Para que no se repita, claro.
Fue en 2008 cuando Néstor Kirchner, expresidente y cónyuge de la entonces presidenta Cristina Fernández, impulsó la “argentinización” de la petrolera, que había adquirido Repsol cuando Carlos Menem la privatizó (con el apoyo de Kirchner, hay que recordar).
Eligió para ello a la familia Eskenazi, los mismos que habían obtenido la privatización del Banco de Santa Cruz cuando Kirchner gobernaba esa provincia. Casualidad, tal vez.
Pero lo realmente creativo del caso es que los Eskenazi compraron el 25% de la compañía sin poner un peso: pagarían con las ganancias de la propia YPF y con un crédito garantizado con acciones de la misma empresa. Fueron u$s 2.000M. A cambio, Repsol iba a poder girar plata a España, a su casa matriz.
Un negocio extraordinario. Para ellos. Porque al poco tiempo, sin inversión, con una empresa vaciada, la producción bajó y comenzó la importación masiva de gas y petróleo. Que trastornó definitivamente las cuentas públicas: en el segundo mandato de Cristina el déficit comercial energético sumó u$s 23.180M.
Una montaña de plata que llevó a Axel Kicillof, ministro de Economía de Cristina, a expropiar la empresa en 2012.
En realidad, expropió el 51% de Repsol. Pagó u$s 6.000 M por ello tras haber declarado que no pondría un peso. Y dejó abierta la puerta a la ahora rechazada demanda que inició el fondo buitre Burford, que le compró ese “derecho” a los Eskenazi (igualmente, estos, campeones en maniobras, hubieran cobrado un porcentaje de los 16.000M).
Pese a tan contundente historia, Cristina no pudo evitar el autoelogio y tuiteó “queda claro que la decisión política de recuperar YPF y nuestra soberanía energética fue estratégica para nuestro país”. Sin ironía, escribió: “Hoy podemos decir con orgullo que Argentina tiene superávit de miles de millones de dólares en la balanza energética”.
Tampoco Kicillof permaneció en silencio: “La Justicia de EE.UU. falló a favor de YPF y deja en evidencia años de mentiras. Al final, era un relato impulsado por los buitres para cuestionar una decisión soberana y hacerse (más) ricos”, posteó.
Ni la expresidenta ni el gobernador bonaerense recordaron la previa. Obvio.
Existe una añosa causa penal sobre el caso, iniciada por Elisa Carrió. Está en el juzgado de Ariel Lijo, que aún no se ha pronunciado sobre el tema.
Obvio.
La “argentinización” de la petrolera fue un negocio extraordinario… para ellos. (Clarín, Buenos Aires, 31/03/2026)
YPF: qué chances tiene el fondo Burford de revertir el fallo
o.- (Agustina Devincenzi) Tras la sentencia histórica a favor de la Argentina, se abre un abanico de opciones para que el financiador de los demandantes siga litigando.
Lo que viene. El fondo Burford tiene tres opciones para seguir batallando en la causa por YPF.
La causa por la irregular expropiación K de YPF dio un giro histórico el viernes, cuando la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York anuló la condena de la jueza Loretta Preska, que obligaba a resarcir al fondo inglés Burford Capital, financiador de los demandantes.
Teniendo en cuenta que ya le costó u$s 5.000 M más intereses a la Argentina, cuando en 2014 aceptó pagarle a Repsol ese monto en bonos por el 51% expropiado, la decisión judicial es un respiro para el país, ya que evita el desembolso de u$s 16.100 M más intereses, pero no una victoria final. Se abre ahora un abanico de opciones con las que los fondos litigantes intentarán revertir el fallo. El viernes a la tarde, luego de que se conociera el fallo, Burford confirmó su intención de apelar en la Corte Suprema estadounidense, aunque admitió que son bajas las posibilidades de un triunfo.
El máximo tribunal es sumamente selectivo: recibe entre 7.000 y 8.000 pedidos de revisión al año, pero acepta tratar alrededor de 100. Es decir, hay poco más de 1% de chance de que tome el caso.
Si la Argentina tuviera la mala suerte de que la Corte acepta revisarlo, sería ese tribunal el que dicte la sentencia final e inapelable sobre la legalidad de la expropiación de 2012, aunque los antecedentes del viernes marcan un precedente favorable para el Estado.
La Corte suele intervenir cuando dos cámaras de apelaciones fallan de forma opuesta sobre un tema. En este caso, no hay fallos similares en disputa, lo que le restaría interés. También, prefiere resolver asuntos relacionados a la Constitución de los Estados Unidos o leyes federales más que de la soberanía de otros países. El juicio se centró en la interpretación del estatuto de YPF y las leyes argentinas, por lo que al tribunal le resultaría un tanto ajeno.
A su vez, el hecho de que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos se puso del lado de la Argentina fue un plus en medio de la alineación política entre ambos países. La Corte suele seguir la línea que marca el Gobierno cuando se trata de relaciones exteriores.
Hace 15 días, el Departamento presentó un memorándum en Nueva York en respaldo a la moción que interpuso la Argentina para suspender el discovery (proceso de búsqueda y descubrimiento de activos) ordenado por Preska y retirar la solicitud de los demandantes de declarar en desacato al país. En un comunicado, sostuvo que era “excesivamente intrusivo y contrario a los principios de cortesía internacional y reciprocidad”.
En este escenario, Burford debería convencer a cuatro de nueve jueces de la Corte de que el caso afecta al sistema financiero estadounidense. El viernes empezó a correr el plazo de 90 días que tiene para hacer su petición de revisión, conocida como writ of certiorari, aunque puede solicitar una extensión, por única vez, de hasta 60 días adicionales si demuestra una causa justificada.
El máximo tribunal no tiene un plazo para responder, pero generalmente decide si lo acepta o rechaza en un período de entre tres y seis meses. Con el filtro de admisión de 1% de la Corte, parece una misión imposible que la pelea final se dirima allí, por lo que podría terminar en otros tribunales.
En ese sentido, hay una segunda posibilidad, y más riesgosa para la Argentina, de que Burford vaya al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), proceso que podría demorar entre cinco y 10 años. Allí, la Argentina tiene antecedentes negativos, con 86% de las demandas con fallos en contra, como el de la expropiación de Aerolíneas Argentinas por violar un tratado comercial con España.
Una tercera opción es solicitarles a los trece jueces de la Cámara de Apelaciones que revisen el fallo. El recurso se llama hearing en banc, es excepcional y suele ser declinado. La presentación debería concretarse en un lapso de 14 días y la respuesta del tribunal demoraría entre 20 y 45 días.
Quienes siguen de cerca la estrategia del fondo creen que pondrá las fichas en la Corte o el CIADI, tras criticar la decisión de la Cámara de Apelaciones al calificar su postura “contraria al rol de proteger a los inversores”. (Clarín, Buenos Aires, 31/03/2026)
YPF, Milei y Kicillof: la batalla ya comenzó
o.- (Luciana Vázquez) Para recuperar la agenda, Javier Milei necesita cambiar la percepción. Para cambiar la percepción, primero está obligado a reconstruir su propia autopercepción: tranquilizar la interna y mirarse otra vez en el espejo de la virtud. Gobernar es autopercibirse y ser percibido. El caso YPF les acaba de dar una oportunidad única a los libertarios: un triunfo histórico para la Argentina, que evitó un riesgo legal y macroeconómico grave, alcanzado justo en la Procuración General del Tesoro mileísta, ni antes ni después. Con Alberto Fernández, en 2023, hubo fallo en contra de la Argentina; con Milei, en 2026, fallo histórico a favor en el nivel de la apelación: sobre esa cronología contrastante, Milei y sus huestes tejen su batalla cultural contra Axel Kicillof y el kirchnerismo. Oxígeno después de semanas de zozobra.
Aun con un fallo en segunda instancia favorable a la Argentina, el caso YPF cae en la mesa política y abre un portal a la puja ideológica. La primera cuestión es: ¿el fallo avala la expropiación diseñada por el gobierno kirchnerista en 2012, con Kicillof, ministro de Economía de entonces, como su principal vocero? ¿Celebrar el fallo es darle la razón al kirchnerismo?
¿Fallo K o todo lo contrario?
El fallo de la Cámara de Apelaciones del S egundo Circuito de Nueva York es claro, pero obliga a una lectura respetuosa. Ofrece tres conclusiones centrales. Primero, que la sentencia debe basarse en la ley argentina, en este caso la ley de expropiación. Segundo, que en ese marco, que la jueza Preska interpretó incorrectamente, no se trata de un contrato entre partes en las que una tiene el derecho de reclamar ante la otra: en la ley argentina, el Estado tiene potestades amparadas legalmente en el caso de una expropiación. Es un tema de derecho público antes que de derecho comercial. Tercero, que las empresas del Grupo Petersen y el fondo Eton Park, que demandaron a la Argentina en la Justicia de Nueva York, pudieron haber litigado ante el Estado argentino: el fallo reconoce que dentro de la ley argentina, había argumentos posibles para una demanda. De hecho, observa que otros accionistas minoritarios demandaron en la Argentina y obtuvieron resarcimiento.
Sobre el reconocimiento de la ley argentina por parte del fallo, el kirchnerismo construyó una interpretación engañosa: un aval a la expropiación. También afirman que el fallo apoya el argumento que sostuvo Kicillof en 2012: que el Estado argentino estaba habilitado para incumplir el Estatuto de YPF. Pero la Cámara de Apelaciones dice lo contrario: es contundente en su condena a la violación del Estatuto. Las páginas 50 y 51 del fallo son claves para reponer la verdad, contraria a la versión del kirchnerismo.
En esos párrafos, la Cámara sostiene argumentos centrales. Primero, que “ninguna de las partes involucradas en estos dos casos disputa que la república haya violado el Estatuto de YPF”. Segundo, que el Estatuto, tal como fue redactado, buscó generar mecanismos de protección fue la estrategia para atraer inversores en 1992, cuando se privatizó: “La razón fue asegurarles a los inversores privados, muchos de los cuales estaban en Estados Unidos, que estarían protegidos en el caso de que la república decidiera renacionalizar la mayor compañía de petróleo y gas si los vientos económicos y políticos cambiaban alguna vez, como sucedió a principios de 2010”. El Estatuto de YPF no fue un capricho de accionistas oportunistas, como sugirió Kicillof en las declaraciones de 2012 que pasaron a la historia. Ese estatuto se derivó de la ley de privatización de YPF y surgió de un decreto del gobierno de Menem.
Y tercero, el fallo plantea un futuro cuestionable para la Argentina dada la violación del Estatuto que el kirchnerismo defendió y defiende: “La resistencia a cumplir las protecciones dos décadas después echa dudas sobre la seguridad de inversiones extranjeras”.
YPF, entre Kicillof y Milei
Para un presidente libertario, el triunfo legal en el caso YPF tiene algo de victoria paradójica: el gobierno de Milei termina celebrando como propio el reconocimiento de la legalidad de una expropiación kirchnerista que, en realidad, violenta el derecho de propiedad privada que la gestión libertaria dice defender con el cuchillo entre los dientes. Por eso el anuncio de Milei el viernes, en cadena nacional: el envío al Congreso de una ley de expropiaciones que dé más garantías a la inversión privada.
En el caso del kirchnerismo, el fallo de la Cámara de Apelación lo obliga a hacer malabares con la memoria completa: aprovecha el fallo para celebrar la estatización de 2012 y al mismo tiempo borrar el origen de una YPF deficitaria llegado 2012, los efectos colaterales críticos de la política energética del kirchnerismo y del ingreso sospechoso del Grupo Petersen a YPF de la mano de Néstor Kirchner. Luego del fallo, el kirchnerismo construyó una realidad paralela. La letra del fallo lo desmiente.
El lugar que la Argentina le dio al tema corrupción del Grupo Petersen es polémico. Hay consenso en que hubo una política de Estado sostenida por los gobiernos de Macri, Fernández y Milei en relación con los argumentos de la ley aplicable. La gran diferencia pasa por el lugar dado al rol del Grupo Petersen y Néstor Kirchner en YPF. En ese punto, la política de Estado se rompe: mientras que el gobierno de Macri impulsó un discovery para investigar ese tema en España, el gobierno de Alberto Fernández lo cerró. Desde la ONG Republican Action for Argentina, el abogado Fernando Irazu sostiene que la gestión de Milei está más alineada con ese objetivo. El abogado Enrique Bruchou, comprometido con el caso, plantea que ningún gobierno avanzó decididamente en la responsabilidad penal de la familia Eskenazi y los Kirchner.
La calesita de la política
El éxito de YPF no frenó la agenda que complica al Gobierno. La realidad también le ofrece munición gruesa a la oposición. El caso Adorni no va a dejar tranquilo al Gobierno aunque se esfuerce: los datos que se conocieron ayer en La Nación sobre el departamento comprado por Adorni en noviembre y la hipoteca privada con la que se habría financiado generan más preguntas que respuestas. Faltan las precisiones oficiales del jefe de Gabinete.
Surgen dudas atendibles sobre el rol de las dos jubiladas que intervienen en la operación, sobre su capacidad financiera para aguantarle a Adorni el pago de u$s 200.000, su nivel de gastos antes y después de la operación de venta y la hipoteca, la capacidad de pago de Adorni, el origen de los fondos necesarios para cumplir con la hipoteca y las obligaciones de la escribana y el agente inmobiliario en el caso de una venta donde interviene una persona políticamente expuesta, según la resolución de la UIF. ¿Aplica esa resolución en el caso de hipotecas entre particulares, sin intermediación del sistema financiero? Hay más preguntas: el precio del metro cuadrado de la venta y la brecha con los valores de la zona y la diferencia entre el valor que habría pagado Adorni, los u$s 230.000, y el precio pagado por las dos propietarias tan solo meses antes, cuando adquirieron el departamento. De avanzar con esa estrategia, Adorni estará obligado a contestar más preguntas, no menos. El “fin” está lejos.
La agenda política adquirió dinámica de calesita: los temas giran y se suceden, pero son pocos y recurrentes. Transcurrido apenas el primer trimestre de este año, el Gobierno ya se encamina al próximo año electoral con algunos de los puntos de debate para la campaña presidencial ya definidos. Podrá citar YPF como éxito y polarizar así con Kicillof y el kirchnerismo. Pero volverá a darse con una pared en los casos Adorni y $LIBRA. No tiene mucha opción. Las reformas sancionadas en el Congreso también oscilan entre la algarabía del éxito y los frenos judiciales: el fallo del juez laboral Raúl Ojeda, que frenó 82 artículos de la reforma laboral ante un pedido de la CGT, es la primera señal. La economía será el gran árbitro: si funciona, el Gobierno tiene altas probabilidades de llevarse la sortija, a pesar de todo. (La Nación, Buenos Aires, 31/03/2026)
Argentina perdió el 86% de los casos en el tribunal del CIADI
o.- (Mariano Boettner) La gran mayoría fueron tras la pesificación de 2002. El árbitro del Banco Mundial es la alternativa que le queda al fondo Burford para litigar por YPF.
Sede. El CIADI funciona dentro del edificio del Banco Mundial, en Washington.
El camino legal para buscar que Argentina pague por la expropiación de YPF en 2012 se le hizo más estrecho al fondo Burford tras el fallo de la Corte de Apelaciones, el viernes pasado. Una alternativa que blandieron es acudir al tribunal del CIADI, un organismo de arbitraje que la Argentina conoce bien, aunque no por las mejores razones: perdió la amplia mayoría de los casos que afrontó.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es un tribunal internacional que depende del Banco Mundial que a su vez es una institución hermana del FMI.
Es distinto a un tribunal mundial tradicional como la Corte Internacional de Justicia de la ONU; o la Corte Penal Internacional de La Haya. Es, más bien, un mecanismo de arbitraje entre Estados y empresas cuando existen casos de ruptura de contratos. Está pensado como un marco institucional de acuerdo entre partes.
El historial de la Argentina Después de 20 años, en 2025 Argentina dejó de estar en el primer lugar del ránking mundial de los países con más demandas en contra, al perder el lugar con Venezuela.
De acuerdo a información del CIADI procesada por el think tank internacional Transnational Institute, en 86% de los casos en los que estuvo involucrado el Estado argentino, la resolución fue favorable hacia la empresa demandante.
Los reclamos ante ese tribunal suelen dispararse por acusaciones de ruptura de contratos, algo que para las inversiones internacionales está garantizado por los TBI (tratado bilateral de inversión). Argentina es el país de la región con más tratados de este tipo, con 48 vigentes, la mayoría firmados durante la década menemista.
El 92% de las demandas contra la Argentina provinieron de empresas de los Estados Unidos, Canadá y Europa. Un tercio (22) de todas las demandas contra Argentina viene de inversores estadounidenses, y le siguen España (10), Francia (8) e Italia (6).
De los 65 casos que afrontó el país -entre los ya cerrados y los pendientes-, 19 están relacionados a contratos de suministro de energía; 11 a inversiones financieras y otros 10 a agua corriente. Le siguen, más atrás, otros sectores como construcción y minería.
El pico de demandas tuvo lugar en 2003, después del fin de la convertibilidad. El cambio de régimen monetario y cambiario que incluyó una devaluación, pesificación y congelamiento de servicios públicos disparó los litigios en el tribunal. Fueron 20 reclamos iniciados solamente ese año. Entre 2002 y 2007 fueron 47 casos abiertos.
De los 65 casos iniciados contra la Argentina desde fines de los 90′ recopilados por Transnational Institute, el 51% se definió con un laudo a favor de las empresas, el 35% terminó por un acuerdo entre las partes y solo el 12% finalizó con una sentencia favorable al Estado argentino. Un 2% restante no tuvo resolución hacia ningún lado.
“Teniendo en cuenta que un acuerdo entre partes generalmente beneficia de alguna forma al inversor, sea por desembolso de dinero o por la concesión de lo reclamado, puede ser entendido como decisión favorable para el inversor”, analizó ese think tank con sede en Países Bajos. De esa forma, 86% de los casos fueron desfavorables para el Estado argentino.
En términos monetarios, todas las demandas iniciadas reclamaron a la Argentina pagar unos u$s 36.800M, pero los que tuvieron finalización y laudo implicaron u$s 10.046M, hasta noviembre del año pasado.
Las demandas pendientes
De acuerdo a datos del CIADI, quedan pendientes de resolución siete casos. El último fue abierto en febrero pasado por parte de la empresa italiana Webuild (ex Salini Impregilo).
En rigor, esta compañía ya había tenido un laudo favorable en abril de 2025 por un reclamo ante incumplimiento de un contrato de construcción de rutas en las provincias de Entre Ríos y Santa Fe. Pero hace un mes decidió recurrir nuevamente al tribunal. Desde la Procuración del Tesoro no hicieron comentarios ante una consulta de Clarín sobre ese nuevo caso.
Los otros casos a resolver son
IJM Corporation Berhad (una compañía malaya, por reclamo de congelamiento tarifario en la concesión de autopistas); Abertis (también por autopistas); la norteamericana BA Desarrollos; NN Group (por la nacionalización del sistema previsional) y AES Corporation (por la pesificación de contratos de la represa Alicurá). Entre estos casos suman u$s 1.170M.
El CIADI no tiene jueces propios, aunque sí un elenco estable de “árbitros” que suelen ser convocados por los demandantes o por los Gobiernos nacionales. Los tribunales están integrados por un presidente y un representante por lado.
Una de las “estrellas” mundiales del arbitraje por diferendos entre inversores y estados es argentino. Se llama Horacio Grigera Naón y participó en 30 casos. La gran mayoría (28), convocado por las empresas demandantes. Solo es superado por la francesa Brigitte Stern, con 31, aunque al contrario, tiene un perfil de defensora de la posición de los estados demandados. (Clarín, Buenos Aires, 31/03/2026)
Caputo apuntó contra Kicillof por defender la expropiación
o.- El ministro de Economía Luis Caputo cruzó con dureza al gobernador bonaerense Axel Kicillof por su defensa de la nacionalización de YPF y desestimó sus argumentos con una frase tajante: “Solo puede ser tomado en serio por un grupo menor de fanáticos”.
La respuesta del jefe del Palacio de Hacienda llegó luego de que Kicillof atribuyera el actual superávit energético a la estatización de YPF. “Nacionalizar YPF fue una de las decisiones estratégicas más importantes de la Argentina en las últimas décadas”, dijo Kicillof el viernes pasado.
Ayer Caputo rechazó de plano esa interpretación y sostuvo que “como el gobernador bien sabe, el superávit energético nada tienen que ver con la expropiación de la petrolera de bandera, sino el cambio de política económica y energética llevada a cabo por nuestro gobierno desde el día 1, precisamente para revertir el desastre hecho por su gobierno”.
En ese sentido, enumeró dos factores centrales: “Recompusimos tarifas, de manera de dar la señal de precios correcta para incentivar la inversión y cancelamos la deuda heredada” y “diseñamos el RIGI, justamente para garantizar la seguridad jurídica que el gobernador se cansó de desacreditar con la irresponsabilidad de sus actos”.
Además, remarcó el peso del sector privado en el repunte del sector: “Todas las petroleras están invirtiendo ahora miles de millones de dólares, y son todas empresas privadas. De hecho, la mayoría de las exportaciones de petróleo de nuestro país provienen hoy de estas compañías privadas”.
El titular de Economía también apuntó contra la gestión anterior al plantear un escenario contra fáctico: “¿Qué hubiera pasado si seguía el kirchnerismo? El kirchnerismo hubiera continuado con tarifas pisadas, generando un mega déficit fiscal, financiado con una mega emisión, generando una mega inflación”.
En ese marco, Caputo aseguró que “la única realidad, es que la expropiación de YPF atrasó 10 años el desarrollo de Vaca Muerta ya que ahuyentó las inversiones que ahora están llegando masivamente, costándole al país decenas de miles de millones dólares en exportaciones no concretadas. Lo que dice el gobernador es tan alocado, que solo puede ser tomado en serio por un grupo menor de fanáticos”.
Ayer Kicillof dio una conferencia de prensa en la que le pidió al presidente Javier Milei que tenga “prudencia” con sus declaraciones porque podría dar “argumentos para una apelación” de parte de los fondos buitres.
“Hay quienes siempre no solo están del lado de los privados sino del lado de los buitres, del lado de quienes atentan contra Argentina. Siempre le dan la razón a los buitres y esto debería ser una enseñanza: está primero el interés nacional y la soberanía argentina”, marcó. Y volvió a defender la estatización al decir que en medio de la suba de los combustibles “tenemos YPF nacional para que ante alguna turbulencia o volatilidad del precio de los hidrocarburos no se descargue sobre el bolsillo de los argentinos, entonces llamo al Gobierno a que cuide el bolsillo de la gente, para eso YPF debe ser nacional”.
Historial de los juicios en números
86% de los casos contra Argentina fueron en contra: 51% a favor de la empresa y 35% con un acuerdo que también las beneficia.
10.046 fueron los millones de dólares pagados hasta noviembre por laudos contra la Argentina, sin contar juicios pendientes.
1.170 son los millones de dólares reclamados por empresas en los 7 juicios que quedan pendientes de resolución, sin contar a Burford. (Clarín, Buenos Aires, 31/03/2026)
