Proyecto Rincón: autorizan una nueva actualización del listado de bienes que podrán importarse bajo el RIGI
o.- Mediante una resolución publicada en el día de hoy (30 de julio de 2026) en el Boletín Oficial, la Secretaría de Minería autorizó a Rincón Mining PTY LTD Sucursal Argentina, titular del Proyecto Rincón en el Salar de Rincón, provincia de Salta, a actualizar el listado de mercaderías que podrá importar al amparo de los beneficios previstos en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
La medida no modifica la adhesión del proyecto al RIGI, que fue aprobada en mayo de 2025 como Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo, sino que autoriza la sustitución del listado de bienes alcanzados por la franquicia prevista en el artículo 190 de la Ley 27.742.
Según detalla la resolución, la empresa solicitó incorporar diez nuevas posiciones arancelarias correspondientes a bienes destinados al proyecto. Como parte del procedimiento, la Secretaría de Minería solicitó la intervención de la Unidad Ejecutora del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), que evaluó si esos bienes calificaban como Bienes de Capital (BK) o Bienes de Informática y Telecomunicaciones (BIT), condición necesaria para acceder a los beneficios del régimen.
Asimismo, la resolución dispone comunicar la medida a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), para que aplique los incentivos tributarios y aduaneros previstos por el RIGI respecto de las mercaderías incluidas en el nuevo listado autorizado para el Proyecto Rincón.
Transcribimos la Resolución
MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE MINERÍA
Resolución 60/2026
RESOL-2026-60-APN-SM#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2026
Visto el expediente EX-2025-103684559- -APN-SCEYM#MEC, la ley 27.742, el decreto 749 del 22 de agosto de 2024 y sus modificatorios, y las resoluciones 1074 del 20 de octubre de 2024 (RESOL-2024-1074-APN-MEC) y su modificatoria, 735 del 30 de mayo de 2025 (RESOL-2025-735-APN-MEC), ambas del Ministerio de Economía, 92 del 28 de octubre de 2025 (RESOL-2025-92-APN-SM#MEC), 6 del 27 de enero de 2026 (RESOL-2026-6-APN-SM#MEC) y 44 del 3 de junio de 2026 (RESOL-2026-44-APN-SM#MEC) todas de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa Rincón Mining PTY LTD Sucursal Argentina (CUIT Nº 30-70708643-9), presentó oportunamente la solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
Que mediante la resolución 735 del 30 de mayo de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-735-APN-MEC) se aprobó la solicitud de adhesión al RIGI como Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo, bajo el Sector “Minería”, Subsector “Potasio y Litio” y el plan de inversión presentado, por la referida empresa, titular del Proyecto Único denominado “Proyecto Rincón”, localizado en el Salar de Rincón, departamento Los Andes de la provincia de Salta.
Que en el artículo 5° de la citada resolución se aprobó el listado de mercaderías indicado en el IF-2025-46537549-APN-DTD#JGM, que el VPU podrá importar al amparo de la franquicia establecida en el artículo 190 de la ley 27.742.
Que mediante la resolución 92 del 28 de octubre de 2025 (RESOL-2025-92-APN-SM#MEC), se autorizó una sustitución en el listado de mercaderías alcanzadas por la referida franquicia, y posteriormente, a través de la resolución 6 del 27 de enero de 2026 (RESOL-2026-6-APN-SM#MEC), se autorizó una nueva sustitución.
Que a través de la resolución 44 del 3 de junio de 2026 (RESOL-2026-44-APN-SM#MEC), se autorizó una sustitución en el listado de mercaderías alcanzadas por la referida franquicia, siendo el listado actualmente vigente el identificado como IF-2026-44538610-APN-DTD#JGM, integrado por sesenta y cinco (65) posiciones arancelarias.
Que, el 18 de junio de 2026, la mencionada empresa presentó una nueva solicitud de incorporación de diez (10) posiciones arancelarias de mercaderías a ser importadas al amparo de la franquicia establecida en el citado artículo 190 (cf., IF-2026-60484009-APN-DTD#JGM).
Que la Dirección de Inversiones Mineras dependiente de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras de la Subsecretaría de Desarrollo Minero de esta secretaría, solicitó a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino” (VUCEA), que informe si los bienes cuya incorporación se solicita califican como BK (Bienes de Capital) o BIT (Bienes de Informática y Telecomunicaciones), conforme lo previsto en el anexo I del decreto 557/2023 (cf., NO-2026-61397070-APN-DIMI#MEC).
Que la referida unidad informó que nueve (9) posiciones arancelarias declaradas califican como BK, mientras que una (1) posición arancelaria no califica como BK ni BIT, conforme lo establecido en el anexo I del citado decreto (cf., NO-2026-61774087-APN-UEETRNVUCEA#MEC).
Que, con posterioridad, el VPU efectuó una nueva solicitud de incorporación de mercaderías a ser importadas al amparo de la franquicia establecida en el citado artículo 190, excluyendo la posición arancelaria que no califica como BK ni BIT y manteniendo las nueve (9) posiciones arancelarias que califican como BK, de conformidad con lo previsto en el anexo I del decreto 557/2023 (cf., IF-2026-62457997-APN-DTD#JGM).
Que la citada Dirección de Inversiones Mineras consideró procedente prestar conformidad a la incorporación de dichos ítems, y en consecuencia, hacer lugar a la solicitud de adecuación (cf., IF-2026-62856527-APN-DIMI#MEC).
Que, de conformidad con la delegación dispuesta en el artículo 18 del anexo de la resolución 1074 del 20 de octubre de 2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-1074-APN-MEC) y su modificatoria, compete a esta secretaría el tratamiento de la solicitud efectuada por Rincón Mining PTY LTD Sucursal Argentina, así como la autorización para sustituir el listado aprobado mediante la resolución 44/2026 de esta secretaría, por el contenido en el IF-2026-62457997-APN-DTD#JGM.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el anexo de la resolución 1074/2024 del Ministerio de Economía y su modificatoria, y en el apartado IX del anexo II del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la solicitud de la empresa Rincón Mining PTY LTD Sucursal Argentina (CUIT Nº 30-70708643-9), titular del Proyecto Único denominado “Proyecto Rincón”, a fin de sustituir el listado de mercaderías identificado como IF-2026-44538610-APN-DTD#JGM, aprobado mediante la resolución 44 del 3 de junio de 2026 de esta secretaría (RESOL-2026-44-APN-SM#MEC), por el listado de mercaderías detallado en el IF-2026-62457997-APN-DTD#JGM, para ser importadas al amparo de la franquicia establecida en el artículo 190 de la ley 27.742.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a Rincón Mining PTY LTD Sucursal Argentina en su domicilio constituido, dentro del plazo de cinco (5) días de emitida la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Agencia de Recaudación de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ente autárquico actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, a efectos de la aplicación de los incentivos tributarios y aduaneros del capítulo IV del título VII de la ley 27.742 para los bienes identificados en el IF-2026-62457997-APN-DTD#JGM, correspondiente al “Proyecto Rincón”.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Enrique Lucero
e. 30/07/2026 N° 52766/26 v. 30/07/2026
Fecha de publicación 30/07/2026 (El Pregón Minero)
