Nuevo avance para la minería en Malargüe con el registro del yacimiento de cobre Sierra Azul

Nuevo avance para la minería en Malargüe con el registro del yacimiento de cobre Sierra Azul

o.- El Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza publicó este lunes la resolución que habilita los pasos legales clave para la explotación de un yacimiento de cobre diseminado en el sur provincial. Así se formalizó el registro a nombre de la empresa Minera Agaucu S.A. para el yacimiento denominado “Sierra Azul”, ubicado en el departamento de Malargüe.
La tramitación del expediente fue iniciada el 23 de junio de 2021. Con este paso administrativo obligatorio, el proyecto ingresa formalmente en el registro oficial de manifestaciones y denuncios de la provincia, bajo los lineamientos del Código de Minería de la Nación y el Código de Procedimiento Minero de Mendoza.
Los detalles técnicos del yacimiento
De acuerdo con el informe emitido por el área de Catastro Minero, la zona del pedimento se encuentra completamente fuera de áreas de reserva ambiental, lo que viabiliza su operatividad técnica con una proyección de temporada de trabajo fijada para todo el año.
Tras los análisis gráficos de rigor, los organismos técnicos constataron que el área libre resultante para la Manifestación de Descubrimiento comprende una superficie exacta de 4.615 hectáreas. Si bien el trazado no se superpone de manera perjudicial con otros derechos vigentes, se dejó asentado de forma taxativa que la firma solicitante aceptó respetar rigurosamente los perímetros de dos minas preexistentes localizadas dentro del sector: Pasma El Manzano y Liu Cullín. Asimismo, el informe identificó a los propietarios de las parcelas superficiales que componen el área.
Exigencias y plazos legales para la empresa
La resolución, firmada por el director de Minería, Jerónimo Shantal, ordena la publicación de edictos legales por tres veces en el término de 15 días en el Boletín Oficial y en un diario local. Al mismo tiempo, establece un estricto cronograma técnico y ambiental que la empresa concesionaria deberá cumplir para mantener el derecho sobre el yacimiento:
• Labor legal (100 días): El descubridor dispone de un plazo de 100 días corridos, contados a partir del día siguiente al registro, para realizar la labor física en el terreno que ponga de manifiesto el criadero de cobre diseminado y comunicarlo por escrito.
• Declaración Jurada Técnica (15 días): Se emplaza a la firma a presentar este documento técnico en un término perentorio e improrrogable de dos semanas.
• Responsabilidad Social (15 días): En el mismo plazo, la empresa debe entregar una Declaración Jurada de Buenas Prácticas en el marco de la Responsabilidad Social, la cual tendrá que actualizarse de forma bienal.
• Mensura (30 días): Una vez comunicada la realización de la labor legal, la titular tiene un mes para solicitar formalmente la mensura y demarcación de las pertenencias mineras.
• Plan de iInversión (1 año): Dentro del plazo de un año contado desde la petición de la mensura, se deberá presentar ante la Autoridad Minera una estimación detallada del plan y el monto de las inversiones de capital fijo que planean ejecutar en el lugar.
Finalmente la resolución dictaminó la notificación formal de las actuaciones al Fiscal de Estado de la provincia, resguardando la legalidad del procedimiento administrativo y los intereses del patrimonio público de Mendoza. (Diario Uno Mendoza)

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