Los cuatro puntos que faltan para reglamentar la Ley de Desarrollo Local Minero
o.- Son detalles finos y procedimentales, que serán convenidos con proveedores y empresas mineras. Hay tiempo hasta el 2 de septiembre.
El 2 de julio la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Desarrollo Local Minero, la norma que regula los proveedores mineros. Ahora el Ejecutivo tiene hasta principios de septiembre para reglamentar el cuerpo normativo. Restan terminar de definir cuatro puntos: la frecuencia de los reportes que enviarán las empresas al Ministerio de Minería y al de Producción, el funcionamiento del Consejo Consultivo, el marco procedimental del Registro Provincial de Proveedores Mineros y la frecuencia y formato del flujo de la información entre empresas y Estado.
La ley aprobada por 33 votos establece reglas claras para garantizar que las grandes mineras que trabajen en San Juan contraten más mano de obra y empresas proveedoras locales. Tiene como principales claves conseguir una meta del 80% de empleo local y un objetivo de 60% de compras sanjuaninas. Busca que las operadoras presenten planes con metas progresivas y verificables de empleo, la creación de un Registro y de un Consejo Consultivo y la publicación de los planes de demanda de las compañías.
El decreto reglamentario permitirá poner en vigencia la normativa. A fines de esta semana, los abogados de los ministerios de la Producción y Minería tendrán un borrador del decreto reglamentario, que será puesto en consideración de proveedores, multinacionales y las cámaras que los representan. En las próximas dos semanas, confían que se darán los acuerdos.
La necesidad de regular la dinámica entre proveedores mineros y las compañías que operan en San Juan se cristalizó con el avance de Josemaría y de Los Azules y las perspectivas a futuro con otros proyectos que presentaron sus RIGI en Nación y fueron aprobados.
Uno de los puntos a definir es la frecuencia de presentación de los planes de demanda de las compañías como así también de los cronogramas estimados de compras y licitaciones. Esto busca que los proveedores locales conozcan anticipadamente las necesidades de la mina y puedan prepararse para competir.
En segundo lugar, está en la mira el funcionamiento del Consejo Consultivo público-privado, que se encargará de auditar el cumplimiento de la ley. Las infracciones pueden derivar en multas de hasta 60.000 Unidades Tributarias o la suspensión del registro de proveedores. No está determinado quiénes lo integrarán, cada cuánto se reunirán y si funcionará a través del voto de los miembros.
También resta definir la periodicidad y el formato del intercambio de información entre las empresas y el Estado. El decreto deberá establecer si toda la documentación será digital o si coexistirá con presentaciones en papel.
Por último, el marco procedimental del Registro de Proveedores, conocido como Repromin, que clasificará a los proveedores industriales, comerciales, de servicios y constructoras, ponderando positivamente a quienes generen mayor valor agregado local, diferenciando, por ejemplo, a un fabricante industrial de un mero intermediario comercial.
Las fuentes informaron que hubo propuestas tanto de la Cámara Minera como de CAPRIMSA. En diálogo con Código Minero, el programa de minería de Tiempo Streaming, Fernando Godoy -al frente de la institución- dijo que buscan que las multas a quienes incumplan con la ley sean más altas que los 30.000 dólares que se establecen.
El objetivo oficial es que la reglamentación esté consensuada antes del 2 de septiembre para que la ley comience a aplicarse antes del inicio de las principales etapas de construcción de los grandes proyectos mineros. (Tiempo de San Juan)
