La Minería y la Energía en el Decreto de Necesidad y Urgencia (Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina)
o.- En la noche de ayer, el Presidente Javier Milei a través de una cadena nacional comunicó las características del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70-2023 donde -entre otros temas- se derogan dos leyes mineras, seis energéticas y se ordena la quita de subsidios al consumo de energía eléctrica y del gas natural.
El DNU 70/23 se conformó en base a la propuesta realizada por Federico Sturzenegger.
En el Salón Blanco de la Casa Rosada, acompañaron al presidente parados detrás de Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; el secretario de Energía, Eduardo Chirillo; y el secretario Legal y Técnico, Javier Herrera Bravo. Sentados, estuvieron los ministros de Economía, Luis Caputo; Defensa, Luis Petri; Capital Humano, Sandra Pettovello; Infraestructura, Guillermo Ferraro; Justicia, Mariano Cúneo Libarona; Seguridad, Patricia Bullrich; y Salud, Mario Russo. También estuvo Federico Sturzenegger (de saco gris claro). No participó la Secretaria General de la presidencia, Karina Milei, quien tuvo a su cargo la supervisión de la grabación del mensaje.
El DNU expresa:
“Que la minería es otra área con gran potencial en el país y que se encuentra notablemente subdesarrollada.”
“Que, en línea con ello, deben eliminarse costos en el sector minero con la derogación de la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero y la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera.”
“Que el sector energético es central para la reversión de la situación de crisis que atraviesa el país”.
“Que deviene adecuado derogar la Ley N° 25.822 de Plan Federal de Transporte Eléctrico y los Decretos Nros. 1491 del 16 de agosto de 2002, 634 del 21 de agosto de 2003 y 311 del 21 de marzo de 2006.”
“Que la situación de emergencia también requiere la supresión de costos fiscales de baja productividad.”
“Que, en tal sentido, resulta imperioso una simplificación en la Ley N° 27.424 de energía distribuida, eliminando la ayuda estatal y la estructura de control”
“Título VII – MINERÍA
ARTÍCULO 169.- Derógase la Ley N° 24.523. ( LEY 24.523 del 31/08/95 (infoleg.gob.ar) )
ARTÍCULO 170.- Derógase la Ley N° 24.695. ( Ley 24.695 del 4/09/96 (infoleg.gob.ar)) “
“Título VIII – ENERGÍA
ARTÍCULO 171.- Derógase el Decreto N° 1060/00.
ARTÍCULO 172.- Derógase el Decreto N° 1491/02.
ARTÍCULO 173.- Derógase el Decreto N° 634/03.
ARTÍCULO 174.- Derógase la Ley N° 25.822.
ARTÍCULO 175.- Derógase el Decreto N° 311/06.”
“Capítulo I – Régimen de Fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica (Ley N° 27.424)”
“ ARTÍCULO 176.- Deróganse los artículos 16 a 37 de la Ley N° 27.424.”
“ARTÍCULO 177.- Facúltase a la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA a redeterminar la estructura de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de:
i. energía eléctrica bajo las Leyes Nros.15.336 y 24.065, sus complementarias, modificatorias y reglamentarias; y
ii. de gas natural según las Leyes Nros. 17.319 y 24.076, sus complementarias, modificatorias y reglamentarias, respectivamente.
Dicho beneficio deberá considerar principalmente un porcentaje de los ingresos del grupo conviviente, en forma individual o conjunta para la energía eléctrica y el gas natural, a ser establecido por la reglamentación. A los efectos de calcular el costo de los consumos básicos, se considerarán las tarifas vigentes en cada punto de suministro. A los efectos de implementar la segmentación de la asignación de subsidios a los usuarios y las usuarias de servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red.”
“Ley N° 24.523.”
“Esta ley fue Sancionada: Agosto 9 de 1995 y Promulgada: Agosto 31 de 1995. Y establecía SISTEMA NACIONAL DE COMERCIO MINERO”
“Ley N° 24.695”
“Esta ley fue Sancionada: Setiembre 4 de 1996 y Promulgada: Setiembre 25 de 1996 y Estableia la creación del Banco Nacional de Información Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos. Dependencia orgánica y funcional.”
Asimismo, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en sus considerandos iniciales da cuenta que la situación actual del país justifica por su “inédita gravedad” su implementación luego de su publicación en el Boletín Oficial que ocurrió en el día de la fecha.
El DNU aclara que: “la REPÚBLICA ARGENTINA se encuentra atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población, en especial en lo social y económico. Que la severidad de la crisis pone en riesgo la subsistencia misma de la organización social, jurídica y política constituida, afectando su normal desarrollo en procura del bien común.”
“Que ningún gobierno federal ha recibido una herencia institucional, económica y social peor que la que recibió la actual administración por lo que es imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia creada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece, especialmente, como consecuencia de un conjunto de decisiones intervencionistas. Que con el fin de corregir la crisis terminal que enfrenta la economía argentina y conjurar el grave riesgo de un deterioro aún mayor y mucho más grave de la situación social y económica, se debe reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial. Que en el año 2003 el país tenía superávits gemelos, es decir, superávit fiscal y externo. Que la realidad actual es muy diferente: los déficits gemelos son equivalentes a DIECISIETE (17) puntos del PBI. Que para comenzar a solucionar la enorme cantidad de problemas derivados de la herencia que la administración saliente deja a todos los argentinos, es necesario un ajuste fiscal en el sector público nacional de 5 puntos del PBI, y -al mismo tiempo- se requiere resolver la situación de los pasivos remunerados del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, los que son responsables de los 10 puntos de su déficit. Que, de esta manera, se pondría fin tanto al déficit fiscal como a la emisión de dinero necesaria para financiarlo y, con ello, a la única causa de la inflación empíricamente cierta y válida en términos teóricos. Que, sin embargo, dado que la política monetaria actúa con un rezago que oscila entre 18 a 24 meses, aun cuando hoy se deje de emitir dinero, los argentinos seguiremos pagando los costos del desastre monetario del gobierno saliente. Que la administración anterior emitió moneda por un equivalente a 20 puntos del PBI, lo que genera un efecto devastador inevitable que se prolongará en el tiempo, generando un incremento notorio de la ya altísima inflación heredada. Que el comúnmente conocido como “cepo cambiario”, otra herencia nefasta de la administración anterior, no solo constituye una pesadilla social y productiva, porque implica altas tasas de interés, bajo nivel de actividad, escaso nivel de empleo formal y salarios reales miserables que impulsan el aumento de pobres e indigentes, sino que produjo un sobrante de dinero en la economía que hoy es el doble de lo que se registraba en los momentos previos a la implementación del plan impulsado por el ministro Celestino Rodrigo, conocido como el “Rodrigazo”. Que para poder dimensionar la magnitud de lo que esto implica, cabe recordar que ese plan multiplicó por 6 veces la tasa de inflación, por lo que un evento similar significaría multiplicar la tasa de inflación por 12 veces. Que teniendo en cuenta que la inflación mensual anualizada implicaría una inflación del 300% anual, la REPÚBLICA ARGENTINA podría pasar a tener una tasa anual del orden del 3.600 %. Que, a su vez, dada la situación de los pasivos remunerados del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, que es peor que la que había en los momentos previos a la hiperinflación de 1989, en muy poco tiempo se podría cuadruplicar la cantidad de dinero y con eso llevar a la inflación a niveles del 15.000% anual. Que debido al accionar irresponsable del gobierno saliente, la REPÚBLICA ARGENTINA se enfrenta a una emergencia nunca vista en la historia del país con la posibilidad cierta de una aceleración de la inflación a 15.000% anual. Que este número aterrador implica una inflación del 52% mensual; hoy mismo la inflación de acuerdo con estimaciones privadas, oscilará entre el 20 y el 40 por ciento mensual para los meses entre diciembre y febrero. Que, en función de lo expuesto, las políticas implementadas por el gobierno saliente han tenido como resultado un severo riesgo de hiperinflación, la que -de registrarse- generaría un enorme perjuicio económico – social a toda la población del país. Que, en ese marco, el gobierno actual tiene como máxima prioridad actuar de manera urgente y hacer todos los esfuerzos necesarios para evitar semejante catástrofe que llevaría a la pobreza por encima del 90% y la indigencia por encima del 50%. Que, en consecuencia, no hay solución alternativa a un urgente ajuste fiscal que ordene las cuentas públicas y, como contrapartida, un programa general de desregulación de la economía que saque al país del pozo en el que lo sumió la administración anterior. Que, por otra parte, la situación de emergencia heredada no termina ahí, ya que los desequilibrios en las tarifas son equiparables a la desastrosa situación registrada a finales del año 2015. Que la deuda por importaciones supera los 30.000 millones de dólares y las utilidades retenidas a las empresas extranjeras alcanzan los 10.000 millones de dólares, las deudas del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y de YPF suman 25.000 millones de dólares y la deuda del Tesoro pendiente suma unos 35.000 millones de dólares adicionales. Que el monto neto de la deuda contraída irresponsablemente por la administración anterior asciende a aproximadamente 112.000 millones de dólares, que se suman a los aproximadamente 420.000 millones de dólares de deuda ya existentes. Que a estos problemas se suman los compromisos de deuda del corriente año, en el que los vencimientos en pesos son equivalentes a 90.000 millones de dólares y 25.000 millones de dólares en monedas extranjeras con organismos multilaterales de crédito. Que el acceso a los mercados financieros está cerrado como consecuencia de la política irresponsable de la administración anterior y el acuerdo alcanzado oportunamente con el Fondo Monetario Internacional fue incumplido por esa misma administración, limitando severamente la capacidad de acción del gobierno federal y exigiendo la adopción de medidas urgentes para revertir la delicadísima situación heredada. Que todo esto transcurre en medio de una situación de enorme gravedad social como consecuencia de una economía que no crece desde el año 2011.” (…)
“Que por todo lo dicho es indudable que la situación de la Argentina es extremadamente crítica y de una emergencia sin precedentes en nuestra historia.”
(…) “Que frente a ese gravísimo cuadro de situación no hay más alternativa posible que el ajuste de las cuentas y de las finanzas públicas, que implique un drástico cambio de rumbo económico. Que la confianza -núcleo central de las decisiones económicas- solo se podrá revertir con un programa integral de reformas económicas que quiebre en forma decidida las causas profundas de la decadencia de nuestro país. Que esas causas se encuentran en una estructura económica que se basa en la cooptación de rentas de la población a través de un esquema corporativo, que se apoya en muchos casos en regulaciones arbitrarias que no tienen como fin el bien común y que entorpecen el normal desenvolvimiento de la economía e impiden el libre desarrollo de las capacidades económicas de nuestro país. Que esa intrincada red de regulaciones, lejos de proteger a los sectores más débiles de la población, los hace dependientes de sectores notablemente improductivos y parasitarios.” (…) “Que el grave cuadro descripto obliga a tomar en forma inmediata decisiones drásticas, que ayuden a poner en marcha el país a través de la liberación de fuerzas productivas, hoy maniatadas por regulaciones cuyo fracaso es patente. Que la situación descripta atenta contra el bien común y afecta los derechos constitucionales de millones de argentinos. Que para revertir la situación de estancamiento y empobrecimiento en que nuestro país se encuentra sumido hace varias décadas, resulta imperiosa la eliminación de numerosas regulaciones que ahogan a las fuerzas productivas de la república. Que, por ese motivo, el gobierno nacional ha decidido implementar un plan de desregulación de amplísimo alcance.”
(…) “Que, por otra parte, el comercio exterior de nuestro país requiere de una fuerte reforma para su fortalecimiento y fomento. Que para agilizar el comercio, eje central para superar la situación de inédita gravedad por la que atraviesa la REPÚBLICA ARGENTINA es necesaria una profunda reforma del Código Aduanero. Que, en ese sentido, es preciso eliminar el registro de exportadores e importadores, toda vez que nuestro país es uno de los pocos en el mundo que requiere participar de un registro para exportar o importar, lo que crea barreras artificiales que solamente encarecen los productos, con grave perjuicio para sus habitantes. Que con el objeto de facilitar las operaciones y asegurar su transparencia es necesario digitalizar los trámites, rediseñar los procesos de retiro de mercadería y autorizar la declaración anticipada. Que a los fines de fomentar las inversiones es necesario eliminar también la posibilidad de imponer prohibiciones de importación y exportación económicas, dando certeza jurídica a quienes inviertan en el país.”
“Que la minería es otra área con gran potencial en el país y que se encuentra notablemente subdesarrollada. Que, en línea con ello, deben eliminarse costos en el sector minero con la derogación de la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero y la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera.“
“Que el sector energético es central para la reversión de la situación de crisis que atraviesa el país. Que deviene adecuado derogar la Ley N° 25.822 de Plan Federal de Transporte Eléctrico y los Decretos Nros. 1491 del 16 de agosto de 2002, 634 del 21 de agosto de 2003 y 311 del 21 de marzo de 2006. Que la situación de emergencia también requiere la supresión de costos fiscales de baja productividad. Que, en tal sentido, resulta imperioso una simplificación en la Ley N° 27.424 de energía distribuida, eliminando la ayuda estatal y la estructura de control.” “Que por otra parte, y toda vez que la causa fundamental de la situación de emergencia ya descripta es sustancialmente fiscal, su solución conllevará la superación de la crisis que aqueja al país. Que para ello es necesario modificar el status jurídico de las empresas públicas, reconvirtiéndolas en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de la Ley General de Sociedades. Que este cambio tendrá el extraordinario beneficio de mejorar la transparencia y el gobierno corporativo de esas empresas, al tiempo que tendrá la virtud de facilitar la transferencia de las acciones a sus empleados, en los casos en que se quiera avanzar en este sentido, en uso de las prerrogativas de la Ley N° 23.696. Que con este cambio desaparecerán las figuras jurídicas de las Sociedades del Estado, reguladas por la Ley N° 20.705, las Empresas del Estado previstas en la Ley N° 13.653 y las Sociedades de Economía Mixta contempladas en el Decreto – Ley N° 15.349/46. Que, del mismo modo, se modifica el capítulo del Programa de Propiedad Participada de la Ley N° 23.696, a los fines de facilitar el traspaso de las acciones de las empresas actualmente estatales a sus empleados. Que, adicionalmente, deben incluirse cambios en la Ley N° 21.799 para adecuar al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a su nueva configuración societaria.”
Los considerandos concluyen expresando “Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades previstas en los artículos 99, incisos 1, 2 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL”.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA: Título I – BASES PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE LA ECONOMÍA ARGENTINA
(…) “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al CINCUENTA POR CIENTO (50%)”
“Se considerarán servicios esenciales en sentido estricto, las actividades siguientes:
Inciso “b: La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;” (…)
“Se consideran actividades de importancia trascendental las siguientes:
Inciso “d: Actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y la producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera”
Inciso “f: La producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios portuarios y aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;”
(…)
“Título VII – MINERÍA ARTÍCULO 169.- Derógase la Ley N° 24.523. ARTÍCULO 170.- Derógase la Ley N° 24.695.
Título VIII – ENERGÍA ARTÍCULO 171.– Derógase el Decreto N° 1060/00. ARTÍCULO 172.- Derógase el Decreto N° 1491/02. ARTÍCULO 173.- Derógase el Decreto N° 634/03. ARTÍCULO 174.- Derógase la Ley N° 25.822. ARTÍCULO 175.- Derógase el Decreto N° 311/06”
Capítulo I – Régimen de Fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica (Ley N° 27.424) ARTÍCULO 176.- Deróganse los artículos 16 a 37 de la Ley N° 27.424. ARTÍCULO 177.- Facúltase a la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA a redeterminar la estructura de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de: i. energía eléctrica bajo las Leyes Nros.15.336 y 24.065, sus complementarias, modificatorias y reglamentarias; y ii. de gas natural según las Leyes Nros. 17.319 y 24.076, sus complementarias, modificatorias y reglamentarias, respectivamente. Dicho beneficio deberá considerar principalmente un porcentaje de los ingresos del grupo conviviente, en forma individual o conjunta para la energía eléctrica y el gas natural, a ser establecido por la reglamentación. A los efectos de calcular el costo de los consumos básicos, se considerarán las tarifas vigentes en cada punto de suministro. A los efectos de implementar la segmentación de la asignación de subsidios a los usuarios y las usuarias de servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red. La referida SECRETARÍA DE ENERGÍA tendrá facultades para definir los mecanismos específicos que materialicen la asignación y efectiva percepción de los subsidios por parte de los usuarios, determinando los roles y tareas que desempeñarán de manera obligatoria los distintos actores públicos, empresas concesionarias, y otros actores o agentes que integren los sistemas del servicio público de que se trate, en su carácter de responsables primarios.” (El Pregón Minero/El Pregón Energético, 21/12/2023)
Milei lanzó el mega DNU de desregulación de la economía con más de 300 reformas
o.- Habilita las privatizaciones; deroga las leyes de Alquileres, de Góndolas, de Abastecimiento y de Tierras; y flexibiliza derechos laborales.
El Presidente dijo que la iniciativa contiene más de 300 reformas que saldrán por DNU. De ese paquete, precisó 30 medidas:
1. Derogación de la Ley de Alquileres.
2. Derogación de la Ley de Abastecimiento (que en situaciones de desabastecimiento permite fijar precios máximos, mínimos, de referencia y márgenes de utilidad).
3. Derogación de la Ley de Góndolas (de escasa aplicación, pero que busca que las pymes lleguen a los supermercados).
4. Derogación de la Ley del Compre Nacional.
5. Derogación del Observatorio de Precios.
6. Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
7. Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
8. Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
9. Derogación del régimen de sociedades del Estado.
10. Transformación de todas las empresas del Estado en SA para su posterior privatización.
11. “Modernización” del régimen laboral (para flexibilizar derechos, limitar indemnizaciones, generalizar el “modelo UOCRA” y eliminar multas por irregularidades de los empleadores).
12. Reforma del Código Aduanero para “facilitar” el comercio internacional.
13. Derogación de la Ley de Tierras (que limita la extranjerización).
14. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
15. Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción.
16. Liberación del régimen jurídico para el sector vitivinícola.
17. Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
18. Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
19. Implementación de la política de cielos abiertos.
20. Modificación del Código Civil y Comercial “para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes”.
21. Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.
22. Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
23. Eliminación de las restricciones de precios a las prepaga.
24. Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
25. Establecimiento de la receta electrónica “para agilizar el servicio y minimizar costos”.
26. Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas.
27. Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas.
28. Desregulación de los servicios de internet satelital.
29. Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo.
30. Uso de herramientas digitales en registros automotores. (Ámbito Financiero, Buenos Aires, 21/12/2023)
En la previa al DNU de Milei, Rocca pasó por Casa Rosada
o.- En medio de la expectativa por el anuncio del mega DNU, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, recibió en Casa Rosada al titular del Grupo Techint, Paolo Rocca, uno de los grandes empresarios ganadores del reparto de casilleros en el Estado tras la designación de Daniel Marín como Presidente del Directorio y Gerente General (CEO) de YPF.
Con él estuvieron empresarios del sector energético, con quienes se dialogó sobre el desarrollo “en forma global sobre temas de energía”, según consignó la agencia Telam.
Posse estuvo acompañado por el ministro Luis Caputo y el secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo. Además de Rocca, participaron Miguel Galuccio, de la empresa Vista, y el consultor Carlos María Casares. Galuccio fue el primer presidente y CEO de YPF luego de ser expropiada y hoy tiene sus principales operaciones en Vaca Muerta. (Página 12, Buenos Aires, 21/12/2023)
El secreto del shock liberal que le arrimó Federico Sturzenegger a Javier Milei
o.- (Daniel Fernández Canedo) La clave es el artículo 958 del Código Civil. Se le asigna la posibilidad de aplicación supletoria.M.
Decreto de Necesidad y Urgencia que lanzó el presidente Javier Milei contiene 366 artículos a lo largo de 83 páginas fijando las bases para una desregulación profunda de la actividad económica. El cambio propuesto le pone fin a un número destacado de regulaciones superpuestas que caracterizaron la marcha de la economía y el sistema de precios de la Argentina.
Temas tan sensibles para las familias como el de los medicamentos, favoreciendo la competencia de los genéricos con los remedios de marca y con recetas electrónicas, reflejan el amplio alcance del anuncio presidencial.
a derogación de la Ley de Alquileres recientemente aprobada por el Congreso fue la punta de lanza de que eligió el presidente Milei para demostrar cercanía con la gente frente a un problema que había eliminado la oferta de departamentos en alquiler.
De ahora en más, propietarios e inquilinos podrán llegar a acuerdos tanto en plazos, actualizaciones como en la moneda en que se quiera pagar. Lo que se pacte en dólares deberá pagarse en dólares, por ejemplo.
Pero el alcance del decreto va mucho más allá del caso de los medicamentos recetados genéricamente, algo en lo que fracasaron el ex presidente Eduardo Duhalde y, también, el ex ministro de Salud Ginés González García, o en lo que se presenta como la desregulación total de los alquileres o la liberación de los precios de la medicina prepaga. ¿Dónde está la clave?.
En el círculo más cercano al Presidente se reconoce el aporte de Federico Sturzenegger que puso al servicio del nuevo gobierno un extenso trabajo que había realizado para la entonces candidata, y hoy ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Desde hace tiempo que Milei le demuestra respeto llamándolo “coloso” y Sturzenegger (la TV lo enfocó tres veces durante el mensaje presidencial) apareció ante las cámaras junto a la totalidad del Gabinete ministerial.
Tratando de encontrar el núcleo de los anuncios del Presidente, uno de los técnicos que trabajó la confección del DNU puso el foco en un artículo del Código Civil y Comercial.
El núcleo del cambio propuesto está en una modificación del artículo 958 de Código Civil y Comercial, asignándole la posibilidad de una aplicación supletoria.
El carácter “supletorio” de una norma es “que se aplica en defecto de otra”. En este caso, y según la filosofía de la Casa Rosada “la voluntad de las partes está por encima del Código”.
En otras palabras, un contrato entre partes supera la letra del Código y eso abre un mundo para la liberación de contratos y eliminación de controles.
Medicamentos. alquileres de viviendas, libertad de los precios de las prepagas, adhesión a las obras sociales, habilitación para que empresas y trabajadores establezcan un régimen particular de indemnizaciones, aportes a una empresa de medicina prepaga sin pasar por una obra social, son muestras de la profundidad del shock de liberación del sistema de contratos y precios que lanzó Milei.
El mayor anuncio de liberación y competencia de precios de los últimos 30 años, desde la aprobación de la convertibilidad de Carlos Menem. Otro caso particular es el propuesto para la transformación del capital accionario de Aerolíneas Argentinas.
Proponen aumentar del 10% al 100% la participación de los empleados en el capital de la compañía.
¿Será viable? Algunos “cacerolazos” anoche después del mensaje presidencial, encendieron luces amarillas.
El DNU no contempla cuestiones impositivas y, si bien plantea la eliminación de la Ley de Promoción Industrial y la de Promoción Comercial, no alcanza al régimen de Tierra del Fuego que corre por otros carriles.
Para la Casa Rosada, al DNU que entra en vigencia en el momento de su publicación en el Boletín Oficial y sólo podría ser rechazado con el voto en contra de las dos Cámaras del Congreso, le seguirá la ley de Reforma del Esado y otra que denominan “hojarasca” que intentará eliminar algunas leyes consideradas “absurdas”.
La “prohibición de prohibir exportaciones” pega en el centro de una parte sensible de la canasta alimenticia.
En los últimos años los límites para las exportaciones de trigo o carne fueron moneda corriente en algunos momentos del año en el intento de contener precios y atender “la mesa de los argentinos”.
Ese concepto no forma parte de un discurso presidencial crudo con una propuesta liberalizadora a fondo y que llega en un momento de alta sensibilidad porque entre la megaemisión monetaria del peso y la liberación total de precios, las jubilaciones y los salarios quedaron a merced de un shock inflacionario desgarrador, tremendo. (Clarín, Buenos Aires, 21/12/2023)
Con rigor fiscal y monetario, ¿para qué hace falta un plan?
o.- (Juan Carlos de Pablo) Esta importante pregunta me fue formulada por un agudo operador financiero que no es economista. ¿Por qué es importante? Porque de repente a la política encarada por Milei/Caputo/Bausili no le falta “nada”.
Es una pregunta teórica, no en el sentido de irrelevante, sino que se tiene que contestar sobre la base de una teoría. Se trata, también, de una pregunta que sirve para entender la “visión” que el presidente de la Nación tiene sobre el pasado de nuestro país. Porque, en el fondo, ¿a qué llamaron “plan” Mitre, Sarmiento, Avellaneda y Roca? Y cuando digo “plan” no me refiero a planificación, sino a programa.
Un par de respuestas desde la teoría pura. “Fijá el valor de una variable y el resto se ajustará solo”, respondería León Walras. “Fijaste la cantidad nominal de dinero, de manera que estamos delante de un modelo de dinero activo; el resto de las variables se ajustará solo”, completaría Julio Hipólito Guillermo Olivera.
Pequeña trampita. Los modelos de Walras y Olivera suponen que no existe ninguna interferencia estatal en la fijación de los valores del resto de las variables y que estas pueden adoptar el valor que surja del funcionamiento del sistema económico. En la Argentina 2023/2024 esto significa desregular la economía e ignorar las consecuencias del impacto distributivo de las medidas que se están adoptando a partir del 10 de diciembre pasado.
Salgamos de los modelos. Aquí y ahora, no se trata simplemente de dejar de emitir, sino también de desarmar la maraña de regulaciones, la mayoría de las cuales son buenos ejemplos de “la máquina de impedir” de la que hablaba Emilio Perina.
La importancia de un programa
Ergo, bienvenidas las medidas, pero la impresión de que surgen de un programa más que tratarse de disposiciones aisladas evitará considerarlas una injusticia por parte de los afectados, ayudará a que las expectativas coincidan con la realidad y por consiguiente acelerará la velocidad con la cual aparecerán los resultados.
La macroeconomía de corto plazo como herramienta, que está por cumplir un siglo de existencia, llegó para quedarse. Diferenciemos entre las propuestas planteadas por John Maynard Keynes, que son empíricas y por consiguiente a veces son útiles y a veces no, y un enfoque conceptual de la política económica, cuando –como ocurrió en la década de 1930– los Estados tuvieron que responder por diversas demandas planteadas por la población. (La Nación, Buenos Aires, 21/12/2023)
El Ministro de Producción sanjuanino sobre el DNU: “Tiene aspectos positivos”
o.- Luego del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), anunciado por Javier Milei en la noche de este miércoles, desde el Gobierno provincial emitieron un análisis al respecto. Lo hizo, precisamente, el ministro de Producción, Trabajo e Innovación, Gustavo Fernández, en los estudios de Zonda TV.
En el programa En Perspectiva, el funcionario hizo referencia a las medidas, sin profundizar demasiado en las medidas aplicadas, sobre todo, porque asegura que requiere de un estudio y análisis correcto.
“Acabamos de conocer un paquete de enunciados. Hay que leer el DNU, un documento de casi 90 páginas. En principio algunas medidas tienen aspectos positivos”, sostuvo Fernández.
En es esentido, hizo hincapié en “la desregulación de todo lo que es el sistema de importaciones”. Y añadió que: “es importante, porque cualquier otra ventaja que se pueda anunciar en materia de comercio exterior, si no tenemos el paso previo de garantizar la posibilidad de tener insumos, cae en sacos rotos”.
“Me parece que ese ha sido un paso importante, en sentido correcto. Luego, tenemos la situación de las retenciones que creemos que hay una propuesta por parte del Gobierno Nacional, es un tema de agenda abierta que se seguirá discutiendo”, planteó el ministro de Producción.
“En principio, hay sectores que se ven beneficiados, porque tienen retenciones 0 y la devaluación les mejora la competitividad al exterior. Hay otros sectores que a priori no tienen esa misma ventaja”, destacó.
Por otra parte, reconoció que “hay coherencia con lo planteado en campaña y ha sido acompañado con el voto para avanzar en ese sentido”. Por lo tanto, para Fernández, se debe analizar “cómo se ajustan los detalles de esos anuncios, para que los esfuerzos sean compartidos, equilibrados y en pos de lo que, como dice Marcelo Orrego, los ciudadanos han votado y si hay que hacer un sacrificio que sea útil para que Argentina y San Juan despegue”.
“San Juan será protagonista en minería, energía renovable, turismo. Es una provincia que tiene mucho para aportar”, concluyó. (El Zonda San Juan
Qué dijeron los referentes vitivinícolas, mineros, industriales y de alquileres en San Juan sobre las medidas de Milei
o.- Gran impacto de las medidas económicas anunciadas por el presidente Javier Milei durante la noche de este miércoles 20 de diciembre. La serie de derogaciones y modificaciones de leyes tomaron repercusión en San Juan y referentes de los diferentes sectores brindaron declaraciones al respecto.
Minutos después de la finalización de la cadena nacional, Tiempo de San Juan habló con representantes del ámbito vitivinícola, minero, industrial y de alquileres. En la mayoría de los casos, esperan conocer la letra chica de las medidas del Gobierno nacional.
El vicepresidente de la Corporación Vitivinícola Argentina (Coviar), Gustavo Samper, manifestó que el sector buscará conocer en detalle cuando Milei habló sobre la liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola y las derogaciones. “Estamos perdidos”, dijo.
Por este motivo, la próxima semana tendrán reuniones para saber qué sucederá con las exportaciones.
El dirigente de la Cámara de Servicio Minero (Casemi), Daniel Cárcamo, expresó que pretenden profundizar los puntos de la derogación del servicio minero y la reforma laboral. “Deberíamos escuchar a los referentes mineros para ver cómo decanta en los proveedores”, afirmó.
El referente minero Mario Hernández decidió no brindar opinones y conocer en detalle los anuncios de Milei.
Por otra parte, el integrante de la Unión Industrial Argentina (UIA), Hugo Goransky, habló sobre la derogación de la Ley de Promoción Industrial. Sobre esta medida, el empresario manifestó que no hay empresas con promoción industrial en San Juan.
Por último, el presidente de la Asociación de Inquilinos en San Juan, Víctor Bazán, manifestó su dolor por los anuncios del libertario: “Es un daño irreparable y un retroceso a los derechos humanos”. Además, aseguró que derogaron ocho años de tratamiento y lucha en el Congreso nacional.
También declaró que buscarán asesoramiento por parte de abogados para que las medidas no se implementen. En este sentido, les pidió a los legisladores nacionales la máxima responsabilidad ante el escenario de que la gente no pueda pagar alquileres. (Tiempo de San Juan)