Sturzenegger: “MENOS TRÁMITES, MENOS RIESGO PARA LA ACTIVIDAD MINERA”
o.- Como adelantara El Pregón Minero en su edición del día de ayer, el Decreto Nº 449/25 publicado en el Boletín Oficial sobre las modificaciones de varios artículos de Ley de Inversiones Mineras (Ley N.º 24.196) tiene como objetivo reducir la intervención estatal y agilizar y simplificar el funcionamiento de la minería.
Entre otras medidas, se agiliza el trámite de verificación de las inversiones realizadas y proyectadas por una empresa. A partir de ahora, el beneficiario deberá presentar un informe sobre las inversiones pasadas elaborado por un profesional independiente, optimizando así las tareas de control de la autoridad de aplicación y eliminando carga administrativa.
Las modificaciones indicadas acotarán significativamente los tiempos que le lleva a la Secretaría de Minería otorgar un certificado de estabilidad fiscal a la empresa que lo solicite.
A partir de ahora, los inscriptos en el Régimen de Inversiones Mineras deberán aportar a la autoridad de aplicación la información geológica de superficie de las áreas exploradas y esta se incorporará al Banco de Datos del SEGEMAR, cuyo objetivo es el de registrar para consulta pública toda información geológica del territorio nacional.
El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger se expresó en su cuenta X (ex Twitter) sobre las modificaciones:
“MENOS TRÁMITES, MENOS RIESGO PARA LA ACTIVIDAD MINERA.
¡El Decreto Delegado 449/25 con firma de @JMilei, @GAFrancosOk @LuisCaputoAR modifica las leyes 24.196 y 24.466 de inversiones mineras a fin de agilizar y simplificar el funcionamiento de la minería en nuestro país. No creo necesario remarcar la relevancia y potencial de la industria minera para la Argentina!, explica el Ministro.
Características de las modificaciones:
1. Se simplifica notoriamente la emisión de los certificados de estabilidad fiscal. A partir de ahora simplemente consignarán la fecha de entrada en vigencia, sin que sea necesario un relevamiento puntual de todos los posibles tributos que requería una intervención de provincias y municipios.
2. El Art. 18 de la ley exige una constatación de las actividades para los proyectos sujetos a beneficios fiscales. El trámite actual requería completar más de 1000 campos, 80% de la cual no tenía respaldo legal. Esa constatación se reemplaza por un informe profesional. 3. Se elimina la emisión del certificado del Articulo 26 de la ley 24.196 lo cual evita un trámite adicional.
4. Se transfiere al Banco Nacional de Información Geológica la recopilación de datos, concentrando en una unidad profesional el manejo de esa base.
Estas modificaciones permiten avanzar en una simplificación administrativa que reduce costos, pero en proyectos de gran envergadura como los mineros, lo que reduce primordialmente es la incertidumbre asociada a cada intervención estatal.
En muchas actividades el riesgo no está en el mercado, ni siquiera en la geología, sino en las múltiples instancias de la relación con el Estado en las que cada trámite es el tren fantasma: ¡nunca sabes con que te vas a encontrar!”
“Por ello, menos trámites, menos riesgo”, subrayó el Ministro.
Agradecimientos
“Este decreto fue impulsado por la @secmineria_arg a cargo de Luis Lucero en el @MinEconomia_Ar de @LuisCaputoAR. Gracias @EugeniaBais por una rápida respuesta cuando evaluamos que podíamos usar esta herramienta para ganar tiempo y reducir burocracia. Gracias también a @joseghamiltonque logró los dictámenes jurídicos para avanzar (en su equipo gracias Luis Quinteros por la flexibilidad). Gracias a @MaxiFarina Secretario de Transformación en @MinDesreg_Ar, que junto a Cecilia Domínguez, se aseguraron que el trámite llegara a buen puerto. Finalmente gracias al equipo de la Legal y Técnica a cargo de María Ibarzabal (gracias @PauTaddeie Ignacio de la Riva) por darle las ultimas puntadas”.
Aspectos destacados de la Ley 24.196:
Régimen de Inversiones:
La ley crea un marco legal específico para la actividad minera, regulando las inversiones y estableciendo beneficios para quienes desarrollen proyectos mineros.
Estabilidad Fiscal:
Uno de los principales incentivos es la garantía de estabilidad fiscal por un período de 30 años, lo que significa que las empresas mineras no verán incrementada su carga tributaria original durante ese tiempo.
Beneficios Impositivos:
La ley prevé beneficios como la deducción del Impuesto a las Ganancias, la devolución del IVA y la amortización acelerada de inversiones, entre otros.
Importaciones:
Se establecen beneficios para la importación de bienes de capital, equipos y insumos necesarios para la actividad minera, con exenciones de derechos de importación y otros gravámenes.
Registro de Inversiones Mineras:
Para acceder a los beneficios, las empresas deben inscribirse en el Registro de Inversiones Mineras, un registro que lleva la Secretaría de Minería de la Nación. (El Pregón Minero)
