Ya rige la prohibición de cobrar tasas municipales en las tarifas
o.- Desde hoy se pueden denunciar esos cargos en las boletas de luz, agua o gas. Pero hay cinco municipios K que consiguieron medidas cautelares a favor.
Campaña. Para denunciar cargos no específicos.
En medio de la pelea con intendentes K por el intento del Gobierno Nacional de que las provincias se hagan cargo de la presión fiscal que ejercen sobre los contribuyentes, ya rige la prohibición de incluir impuestos y tasas en facturas de servicios públicos de luz, agua o gas, pero cinco municipios quedaron provisoriamente exentos.
Fuentes del Gobierno aclararon a Clarín que, por ahora, solo el municipio de Pilar tiene una decisión judicial firme por seis meses, por lo que las facturas en ese distrito seguirán incluyendo impuestos y tasas municipales durante el próximo medio año. El intendente de Pilar, Federico Achával (Unión por la Patria), fue el primero en reclamar mediante una presentación judicial ante el juez Adrián González Charvay la inconstitucionalidad de la medida impulsada por el Gobierno Nacional. El magistrado dejó sin efecto la resolución de Economía por seis meses.
Otros cuatro municipios -señalaron desde el Gobierno nacional tienen expedientes en trámite: Moreno, Tigre, Escobar y La Rioja, con medidas cautelares que “no se convirtieron en definitivas”, pero que las habilita a no aplicar la norma hasta que haya una decisión judicial firme.
En el caso de Moreno, el juez González Charvay dio lugar a una cautelar solicitada por la intendenta Mariel Fernández (Unión por la Patria), en la que señaló que interrumpir el cobro municipal en las boletas de Edenor y Naturgy BAN generaría un “grave perjuicio”.
El intendente de Tigre, Julio Zamora (Unión por la Patria), podrá recaudar tasas municipales en las boletas de Edenor y de Naturgy BAN, ya que el juez Martín Oscar Papavero falló en contra de Nación. Situación similar ocurre en Escobar, distrito que dirige Ariel Sujarchuk; y en el municipio de La Rioja, gobernado por Armando Molina.
La Resolución 267 de la Secretaría de Industria y Comercio surgió como respuesta a las denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos en la facturación de servicios esenciales. Fue respaldada por asociaciones de consumidores, que reclamaron por cobros indebidos, que “encarecen el valor total de la factura”.
Los usuarios que reciban boletas de servicios que incluyan tasas o impuestos de otra índole podrán sacarle una foto e informar el incumplimiento a denunciatufactura@comercio.gob.ar.
La norma, publicada el 10 de septiembre, otorgaba a las empresas un plazo de 30 días para que adecuen el modelo de facturación. En septiembre, el ministro de Economía, Luis Caputo, hizo una publicación en X que anticipó el impacto de esta medida: subió una foto de una factura de luz de un municipio bonaerense y aseguró, a modo de ejemplo, que “lo remarcado en verde ya no podrá facturarse como parte del servicio”.
El artículo 4 de la Ley Nº 24.240 dispone que los proveedores de bienes y servicios están obligados a suministrar al consumidor “en forma cierta, clara y detallada las características esenciales de los bienes y servicios que proveen, y las condiciones de su comercialización”. El artículo 8 bis les exige dispensar un “trato digno y equitativo a los consumidores, debiendo las autoridades proveer la protección de esos derechos”.
Las compañías que no cumplan la normativa podrán ser sancionadas de acuerdo a las penalidades previstas en la ley citada y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y las normas reglamentarias. Entre otras sanciones posibles, se encuentran la apertura de un sumario administrativo y la aplicación de multas.
La resolución 267/24 de Industria y Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas la semana pasada, en las que se prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados. (Clarín, Buenos Aires, 14/10/2024)