Juicio por YPF: secretos y posibilidades
La lista de socios de Burfor, el secreto mejor guardado de la causa YPF
o.- El juicio por la manera en que el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner renacionalizó YPF en 2012 con Axel Kicillof como ministro de Economía ingresará esta semana en modo apelación.
Y solo los muy muy muy especialistas saben si habrá o no embargos contra bienes y activos argentinos. Y más enigmático aún es saber qué plan tiene en la cabeza Javier Milei para pagar la deuda inicial de u$s 16.100 M del juicio perdido; algo que habrá que liquidar, apelaciones mediante, casi inevitablemente durante su gestión. Será tarea de la procuración del Tesoro que dirige Rodolfo Barra y los abogados que representan al país en los tribunales de Nueva York.
En paralelo, surge un tema explosivo, que en algún momento del tratamiento de la causa estallará. Un gran misterio de este megajuicio es quiénes son los socios del principal fondo demandante y vencedor, Burford Capital. Esta persona, personas o sociedades recibirán, cuando Argentina pague, miles de millones de dólares que tendrá que pagarle el país. Para agregarle misterio a la causa, el 19 de junio (luego de la audiencia), Burford ya había vendido a estos accionistas la venta del 15% del juicio en u$s 66 M en junio de 2017; tres años después de haberlo adquirido en unos u$s 35 M en los tribunales madrileños donde se llevaba adelante el concurso de Petersen Energía y Petersen Inversora. En aquella operación, el fondo de capitales ingleses especializado en adquirir por el mundo causas judiciales semimuertas para luego inyectarles capital y argumentos penales y comerciales para revivirlas y accionar en consecuencia; había valuado la totalidad de la causa por la renacionalización de YPF en unos u$s 440M; mientras le declaraba a Preska por un reclamo general de más de u$s 3.000M. Con esos u$s 66 M de venta del 15% de la causa a los misteriosos accionistas de la causa, Burford Capital puedo solventar todos los gastos de la causa, tanto su adquisición en Madrid, como las acciones judiciales en el Segundo Distrito Sur de Nueva York que maneja Preska. Si la Justicia de los Estados Unidos mantuviera firme el fallo negativo contra el país (algo casi inevitable) hasta el de la causa para cuando llegue a la Corte Suprema de los Estados Unidos y sostuviera así que el monto a pagar fuera de u$s 16 mil millones, la ganancia de Burford entre la compra de la causa y el cobro final treparía al 45.000% en algo más de nueve años de juicio. Supera incluso al más de 1.000% de ganancia de los fondos buitre contra Argentina en la causa iniciada en 2006 y finalizada en 2016. Notable.
Burford no es en realidad experto en inversiones financieras (mucho menos en el mundo energético o petrolero), sino que su especialidad son los megajuicios por demandas millonarias, en general, a compañías en quiebra o empresas en bancarrota que tienen demandas anteriores sin definir y que necesitan efectivo para enfrentar su cierre o concurso. Fue el caso de Petersen, que luego de la renacionalización del 51% de YPF en mayo de 2015 quedó sin poder sostener la compra del 25% que había acordado en los tiempos de Néstor Kirchner, y se vio obligado a presentarse en concurso.
La causa se basa en el reclamo de Burford por la forma en que se nacionalizó la petrolera sin realizar una Oferta Pública de Adquisición (OPA), tal como figuraba en el estatuto definido en 1993 durante la privatización impulsada en la presidencia de Carlos Menem. Allí el país se comprometía en la Bolsa de Comercio de Nueva York a que cualquier operación de adquisición posterior de una porción de la petrolera argentina obligaba a hacer una oferta por el total de las acciones del mercado.
La demanda fue iniciada por un especialista mundial en este tipo de batallas: el fondo Burford Capital. El tipo de maniobra en que se especializa Burford es ofrecer a tribunales de todo el mundo dinero al contado, es dinero al contado, a cambio de la venta de la totalidad o parte de los derechos de estas causas. Burford, un gigante financiero con espaldas amplias, luego aplica el profesionalismo de sus abogados internacionales con toda la paciencia del mundo para esperar los fallos finales. De hecho, esta causa comenzó a ser negociada por Burford en junio de 2013; con lo que pudo esperar una definición de casi 11 años.
El reclamo original del fondo es por los daños generados al resto de los accionistas de la petrolera argentina, luego del pago que se les hiciera a los españoles de Repsol por la reestatización del 49% de YPF en 2012. Burford les había comprado a dos empresas españolas, Petersen Energía S.A.U. y Petersen Inversora S.A.U. (sin vinculaciones ya en ese momento con el grupo argentino Petersen), el privilegio de presentar un caso contra la República Argentina y contra YPF, luego de la expropiación de Repsol en 2012. Finalmente, el 11 de julio de ese año, la compañía anunció que había comprado al fondo estadounidense Eton Park Capital una participación del 70% en un caso similar presentado contra el soberano e YPF en 2016.
Los dólares eventualmente pagados por Argentina irían en su mayoría a las arcas del fondo Burford. Sin embargo, aún es un misterio (aunque hay sospechas de todo tipo) sobre quiénes son los dueños de los derechos de los otros millones de dólares que el país deberá liquidar. Algunas de esas especulaciones hablan de fuertes (y muy serias) vinculaciones políticas locales de los propietarios de las acciones que reclaman por los derechos de ese dinero. Profesionalmente es imposible que desde Burford o cualquier tribunal de los Estados Unidos de los nombres de esos socios del fondo litigante, ya que hay un resguardo absoluto de parte de la jurisprudencia norteamericana de mantener a los accionistas en secreto. Solo por pedido expreso de algún juez local, algún colega norteamericano accedería a entregar esa información. Dependería de tribunales argentinos.
El Grupo Petersen quedó formalmente absolutamente fuera del reclamo y de los derechos a cobrar, con lo que hoy el gran misterio de esta megacausa es quién es el socio de Burford en los reclamos.
Esta persona (o personas) o sociedades recibirán, si Argentina pierde el juicio, miles de millones de dólares que tendrá que pagar el país. Tampoco YPF como empresa es responsable de las consecuencias del juicio, tal como lo dejó expreso Preska en su fallo de marzo pasado. Así, la petrolera y sus activos en todo el mundo (incluyendo en los Estados Unidos) están a salvo de embargos y otras acciones penales. No se sabe aún si esto alcanza también a los bienes expuestos de la nación ante el mundo.
Una historia que el país ya conoce de cerca, cuando desde el tribunal de Thomas Griesa se inició una cacería mundial de bienes argentinos para ser embargados a nombre del fondo buitre Elliot de Paul Singer. Un demandante que, al lado de Burford, se quedó corto. (Perfil, 14/01/2024)
Sentencia en contra y riesgos de embargo: hay una solución razonable para el caso de YPF
o.- (Marcelo Etchebarne Abogado, Jefe Regional de Asia con Latinoamérica. DLA Piper) La Argentina tiene posibilidades de alcanzar un acuerdo en base a su razonable capacidad de pago. Antecedentes.
La sentencia de la Jueza de Nueva York Loretta Preska -en caso de confirmarse en las instancias de apelación- no es una espada de Damocles que pesará sobre Argentina de modo irremediable y catastrófico. Hay alternativas razonables y justas, sujetas a la capacidad de pago que tenga la República para honrar todos sus compromisos de un modo uniforme.
Argentina tampoco debería estar sujeta a una medida cautelar como la librada bajo la cláusula de pari passu que le impida pagar sus bonos internacionales. Esa sentencia fue un caso excepcional. La solicitaron bonistas en base a los términos y condiciones específicos de sus bonos en el marco del repudio de la deuda externa establecido en la llamada ley cerrojo de 2005. Esa ley fue la clave para perder el juicio, tan catastrófica como innecesaria. Los demandantes en este caso contra Argentina basan su reclamo en sus derechos bajo el estatuto social de YPF que no tiene una cláusula de pari passu.
En la edición de Clarín del 11 de enero se explica con suma claridad bajo qué condiciones pueden realizarse embargos en contra del país. Estas son más limitadas que las previstas en circunstancias en las cuales se ha renunciado a la inmunidad soberana bajo la Ley Federal de Inmunidad de Estados Unidos de 1976 como ocurre en sus bonos bajo la ley de Nueva York. La Provincia de Buenos Aires hizo dos exitosas reestructuraciones de su deuda internacional en 2006 y 2021. Algunos bonistas decidieron no participar de los canjes y litigar. Ninguno logró embargar activos provinciales estando ya la mayoría de los casos prescriptos. Las autoridades de la Provincia siempre se mostraron respetuosas para resolver sus pasivos de un modo equitativo para todas las partes y el Juez Thomas Griesa en apoyo al canje de 2006 nunca otorgó a los bonistas medidas cautelares similares a las del pari passu ni permitió ataques a sus emisiones de bonos.
Argentina puede enfrentar una gran cantidad de acciones legales en sede judicial y arbitral por un monto reclamado muy superior a este caso (incluyendo acciones existentes y que se podrán iniciar alegando la intervención arbitraria del Estado en la economía violando tratados bilaterales de inversión). El país no tiene un mecanismo ordenado, transparente y definitivo para solucionar todos estos pasivos en situación de crisis. En 2010, el Senador Federico Pinedo nos pidió una ley en tal sentido la cual fue introducida al Congreso de la Nación pero nunca fue tratada en el recinto.
En el Imperio Romano los deudores eran vendidos como esclavos para pagar sus deudas. En las legislaciones de quiebras modernas las personas humanas reestructuran sus deudas y continúan con sus vidas, cobrando sueldos y dando una solución definitiva a sus problemas financieros. En 1995 se superó por primera vez el millón de pedidos de protección bajo la ley quiebras de EE.UU. para personas humanas, siendo la enorme mayoría situaciones donde el deudor no tenía activos y se los liberaba completamente de sus obligaciones financieras preexistentes. En los últimos 20 años entre 400.000 y 2 millones de personas humanas pidieron la protección de la ley de quiebras en EE.UU. por año.
Ese principio se aplica también a los municipios. Detroit es el caso más reciente y notorio. La ciudad de Nueva York estuvo a un día de pedir la protección de la ley de quiebras en 1975 y muchos analistas no descartan que en breve se encuentre en una situación similar.
Al igual que en el caso de las personas humanas, y a diferencia de las personas jurídicas, los municipios no van a remate. Se aplica una solución razonable en base a la capacidad de pago dando un trato equitativo a todos los acreedores que están en misma situación.
El caso más notorio es el de Puerto Rico, un territorio dentro de EE.UU. sin soberanía propia, que no podía enfrentar sus pasivos a tiempo y tenía 45% de su población debajo de la línea de la pobreza. En 1984 el Congreso de EE.UU. declaró que Puerto Rico no podía ampararse en la ley de quiebras que protege a municipios insolventes. En 2015 el Gobierno de la isla creo una ley de quiebras para sus empresas públicas pero la Corte Suprema la declaró inválida. Finalmente, el Congreso de EE.UU. sancionó en 2016 una la ley creando un mecanismo de protección similar a un proceso concursal para este territorio. Francia, el Reino Unido y Bélgica han promulgado leyes de protección para Estados en determinadas circunstancias. El Estado de Nueva York está considerando tres anteproyectos de ley para dar trato concursal a las deudas soberanas emitidas bajo sus leyes. Pero ninguno de estos proyectos es suficiente para el trato integral de todos los pasivos soberanos por contingencias litigiosas del país.
Argentina debería emitir una ley, cuidando de tomar las medidas legales y procesales adecuadas para maximizar las posibilidades de obtener una aceptación en tribunales internacionales, creando un camino que ponga una solución ordenada, razonable, trasparente y definitiva a todos sus conflictos existentes o futuros por causas preexistentes en base a su razonable capacidad de pago. (Clarín, Buenos Aires, 14/01/2024)