El Gobierno desreguló el mercado del Gas Licuado de Petróleo
o.- Incluye la eliminación de los precios de referencia para las garrafas.
El Gobierno Nacional, a través del Decreto 446/2025, dio un paso más en la desregulación del sector del Gas Licuado de Petróleo (GLP). La norma incluye medidas como la eliminación de los precios de referencia, de las autorizaciones previas para exportar y la simplificación de la incorporación de nuevas empresas para tener un mercado de garrafas más competitivo y con mayor participación privada.
Este Decreto significa una reforma integral de la Ley 26.020, de 2005, que había generado un esquema de fuerte intervención estatal a lo largo de toda la cadena de valor: sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactaban negativamente en los precios al consumidor.
Entre los principales cambios se encuentran
-la simplificación del sistema de autorizaciones para las empresas que quieran participar del mercado del GLP. Ahora, el cumplimiento de los requisitos fijados por la normativa será suficiente para operar.
La Autoridad de Aplicación [Secretaría de Energía] verificará la veracidad y el cumplimiento de esa documentación, e indicará las subsanaciones que correspondan dentro de un plazo de diez días hábiles desde su presentación. Transcurrido ese período sin observaciones, se considerará aprobada, otorgándose el silencio sentido positivo.
A su vez, la Secretaría de Energía, como autoridad de aplicación, podrá:
-delegar o coordinar tareas de fiscalización técnica y control con otros organismos públicos o privados, y suscribir convenios específicos con provincias, lo que permitirá fortalecer las capacidades operativas del Estado y asegurar una cobertura territorial más amplia y eficiente en materia de seguridad operacional.
-Por otro lado, se les da libertad a los fraccionadores para que, sin intervención del Estado, establezcan el mejor mecanismo para el canje de envases, indispensable para asegurar que los recipientes circulen en condiciones técnicas adecuadas, y que puedan ser reutilizados conforme a las normas de seguridad
-Además, se liberan las exportaciones de GLP una vez garantizado el volumen de abastecimiento interno. Ante la notificación de exportación, el Estado tendrá 7 días para objetarla y sino el silencio tendrá sentido positivo.
-En tanto, se eliminan los precios de referencia, porque son los privados los que están en mejores condiciones para negociar y fijar los precios.
-Por último, se quitan las limitaciones asociadas a la paridad de exportación. -Además, se liberaron las importaciones quitando las trabas que imponía la ley para que el proveedor del exterior pueda competir con el mercado interno.
De esta forma, con esta desregulación, se reorienta el rol del Estado hacia funciones esenciales de seguridad y fiscalización técnica y se devuelve al sector privado la libertad operativa y comercial. Así se promueve un modelo de abastecimiento eficiente, competitivo y transparente; que genera condiciones más propicias para el desarrollo de la industria y la mejora en el servicio al consumidor.
El Gobierno libera el mercado de Gas Licuado de Petróleo (Garrafas)
El Gobierno Nacional oficializó una profunda reforma en el mercado del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el objetivo de reducir la intervención estatal y promover un sistema más competitivo y eficiente.
A través del Decreto 446/2025 [mencionado más arriba] se modificó la Ley 26.020 que regula esta actividad, limitando el rol de la Secretaría de Energía a funciones técnicas y de seguridad, y dejando de intervenir en cuestiones operativas como precios, oferta y demanda.
Asimismo, entre los cambios más relevantes se destaca:
– el impulso a un sistema común de garrafas para facilitar el canje y reutilización de envases.
El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó que con esta medida se pasa de un régimen donde se limitaba la actividad privada, a uno donde el Gobierno limita el poder paralizador del Estado. “En este cambio de paradigma pasamos de un no podés hacer esta actividad salvo que yo te dé una autorización expresa a un si cumplís (requisitos de seguridad, primordialmente), podés”, indicó. (El Pregón Energético, 03/07/2025)
