Comunicado Institucional de IANIGLA-CONICET sobre su rol en la Ley de Glaciares

Comunicado Institucional de IANIGLA-CONICET sobre su rol en la Ley de Glaciares

o.- El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA-CONICET) emitió, el pasado 18 de noviembre, el presente comunicado con el fin de informar y recordar aspectos fundamentales del rol del Instituto en el marco de la Ley Nacional N° 26.639.
Se Transcribe el Comunicado
Marco Legal y Propósito de la Ley 26.639
La Ley 26.639 establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial en el territorio argentino. El objetivo principal de esta norma es la preservación de estas formaciones como reservas estratégicas de recursos hídricos, fundamentales para el consumo humano, la agricultura, la recarga de cuencas hidrográficas, la protección de la biodiversidad, la generación de información científica y el desarrollo turístico.
El Instituto desea aclarar que, hasta la fecha, no ha sido informado ni consultado oficialmente sobre ninguna propuesta de modificación de esta Ley que pudiera haber sido mencionada o circulado en algunos medios de comunicación.
Rol del IANIGLA y el Inventario Nacional de Glaciares (ING)
El IANIGLA no es autoridad de aplicación ni autoridad competente de la Ley, sino que, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 26.639, es responsable de la realización y el monitoreo del Inventario Nacional de Glaciares, bajo la coordinación de la autoridad nacional de aplicación, que hoy es la Subsecretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, mientras que las provincias y la Administración de Parques Nacionales actúan como autoridades competentes según corresponda.
El Inventario Nacional de Glaciares es un instrumento técnico-científico de información pública que identifica y caracteriza las masas de hielo en el territorio nacional. El objetivo del ING es individualizar los glaciares, los glaciares de escombros y los manchones de nieve perennes que funcionan como reservas hídricas. Su elaboración sigue criterios y metodologías científicas reconocidas internacionalmente. El Inventario constituye información de base para que las autoridades de aplicación adopten las decisiones administrativas correspondientes en el marco de sus competencias legales.
Importancia Hídrica de las Reservas Criosféricas
El agua (superficial y subterránea) de la que dependen provincias como Mendoza es provista casi exclusivamente por el aporte de la nieve, los glaciares y el ambiente periglacial.
El ambiente periglacial, definido por la presencia de permafrost y procesos de congelamiento y descongelamiento del suelo, representa asimismo una reserva de hielo subterráneo conservada durante largos períodos.
Los glaciares de escombros, representativos del ambiente periglacial, pueden contener entre un 35 % y un 70 % de hielo en su interior. Por lo tanto, constituyen reservas hídricas potenciales y cumplen una función hidrológica esencial al regular el aporte de agua a la escorrentía, pudiendo aportar entre un 25 % y un 50 % del caudal total en cursos de agua en los Andes Áridos, especialmente en años de sequía.
Avances del Inventario
El primer Inventario Nacional de Glaciares se presentó el 7 de junio de 2018 y, tras un proceso técnico-administrativo específico, en diciembre de 2024 se publicó la primera actualización parcial correspondiente a la región de los Andes Desérticos; actualmente se trabaja en la actualización de la región de los Andes Centrales (San Juan y Mendoza), cuya finalización se prevé para el primer semestre de 2026.
Según los resultados del ING, en 2018 se identificaron en la cordillera de los Andes 5.769 km² de hielo, de los cuales 674 km² corresponden a glaciares de escombros. De esta forma, los cuerpos de hielo identificados en el ING, representan aproximadamente el 1 % de la superficie de la Cordillera y, por ej, sólo el 0,8 % de la superficie de la provincia de Mendoza.
En la actualización de la región de los Andes Desérticos se observó, en un período cercano a diez años, una reducción del 17 % en la superficie con glaciares y del 23 % en los manchones de nieve perennes, poniendo de relieve cambios significativos en estas reservas estratégicas de agua. (El Pregón Minero)

Ley de Glaciares: Gobierno acelera reforma o derogación en sesiones extraordinarias, mientras el IANIGLA marcó los límites técnicos
o.- El Gobierno evalúa incluir la derogación o modificación de la Ley de Glaciares en diciembre o febrero. El IANIGLA difundió un documento clave donde aclara su rol científico.
El Ministerio de Desregulación trabaja en un borrador de un posible decreto o nomra, que luego validaría Economía para modificar la Ley de Glaciares.
IANIGLA
El debate por la Ley 26.639, conocida como Ley de Glaciares, volvió al primer plano político, económico y ambiental. El Gobierno nacional comenzó a mover las piezas para avanzar con una posible “derogación” o reforma profunda de la normativa durante las sesiones extraordinarias del Congreso, que podrían habilitarse entre diciembre y febrero. La jugada apunta a destrabar inversiones mineras -especialmente en cobre y otros minerales críticos- y a redefinir las competencias entre Nación y provincias. En este contexto, el IANIGLA, organismo técnico responsable del Inventario Nacional de Glaciares, publicó un extenso comunicado que introduce información clave al debate.
IANIGLA aclara su rol y la centralidad hídrica del ambiente glaciar
En su documento oficial, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) repasó los alcances de la Ley 26.639 y recordó que la norma establece “los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial”, cuyo objetivo es preservar estas reservas como fuentes estratégicas de agua para consumo humano, agricultura, recarga de cuencas, biodiversidad, ciencia y turismo.
El Instituto aclaró un punto fundamental en medio del clima político: no ha sido informado ni consultado oficialmente por el Gobierno sobre ninguna propuesta de modificación de la Ley.
También recordó que no es autoridad de aplicación, sino responsable -según el artículo 5°- de la realización y monitoreo del Inventario Nacional de Glaciares (ING), bajo coordinación de la autoridad nacional de aplicación.
El ING, destacó el organismo, es un instrumento técnico-científico de información pública que identifica glaciares, glaciares de escombros y manchones de nieve perenne que funcionan como reservas hídricas, con metodologías reconocidas internacionalmente.
Reservas críticas para provincias áridas
El IANIGLA fue categórico sobre la importancia hídrica del ambiente glaciar. Explicó que provincias como Mendoza dependen “casi exclusivamente” del aporte de nieve, glaciares y ambiente periglacial. Resaltó que los glaciares de escombros contienen entre un 35% y un 70% de hielo interno y pueden llegar a aportar entre un 25% y 50% del caudal total en ríos de los Andes Áridos, especialmente en años secos.
Así, el organismo puso en contexto que las masas de hielo identificadas representan aproximadamente el 1% de la superficie de la Cordillera, y solo el 0,8% del territorio de Mendoza, pero desempeñan un rol hidrológico crítico.
Avances del Inventario Nacional de Glaciares y señales del cambio climático
El comunicado también detalló los avances del Inventario. El primer ING se publicó en 2018 e identificó 5.769 km² de hielo en la cordillera de los Andes, de los cuales 674 km² correspondían a glaciares de escombros.
La actualización publicada en 2024 para la región de los Andes Desérticos mostró datos preocupantes:
Reducción del 17% en la superficie con glaciares.
Reducción del 23% en los manchones de nieve perennes.
La actualización de la región de Andes Centrales (San Juan y Mendoza) está prevista para el primer semestre de 2026.
El trasfondo político: el Gobierno quiere un cambio definitivo
El debate actual no surgió de un vacío. Desde que el presidente Javier Milei anunció el acuerdo comercial con Estados Unidos, dejó entrever que la Ley de Glaciares sería uno de los grandes temas a “destrabar” para habilitar inversiones estratégicas en minería. Milei fue explícito en cuestionar el andamiaje ambiental vigente: “Los ambientalistas prefieren que uno se muera de hambre antes que tocar algo. Esta ley es para devolverles el federalismo a las provincias y que cada una determine cuál es la zona periglaciar”.
La idea original, reconoció, proviene del gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, quien reclama mayor autonomía provincial para definir zonas protegidas. El objetivo político es claro: avanzar hacia un esquema que permita habilitar los grandes proyectos de cobre que esperan definiciones desde hace una década.
Según fuentes oficiales consultadas por Energy Report, el tratamiento legislativo pasó para 2026, pero el Gobierno quiere activar el proceso desde diciembre, con el recambio parlamentario.
Extraordinarias: Paoltroni confirma que la “derogación” estará en la agenda
El senador de La Libertad Avanza por Formosa, Francisco Paoltroni, fue el primer legislador oficialista en confirmarlo públicamente: “Se debatirá la derogación de la Ley de Glaciares en sesiones extraordinarias. Es una ley nefasta que ha impedido el desarrollo minero”.
Paoltroni mencionó un paquete legislativo que también incluiría presupuesto, reforma laboral y reformas económicas. Según el senador, la eliminación de la norma podría mejorar el clima financiero e incluso reducir el riesgo país.
Las tres vías que se discuten dentro del Gobierno
Dentro del Ejecutivo conviven tres alternativas:
-DNU reglamentario, rápido pero vulnerable judicialmente.
-Nueva ley aclaratoria, con mayor seguridad jurídica pero de incierta aprobación en el Congreso.
-Intervención de la Corte Suprema, considerada casi inviable políticamente.
El Ministerio de Desregulación trabaja en un borrador de un posible decreto, que luego validaría Economía. Sin embargo, las provincias mineras -en especial San Juan, corazón del cobre argentino- piden una ley nacional que delimite competencias y brinde estabilidad jurídica.
Federalismo de concertación: el antecedente de la Corte
El secretario de Minería, Luis Lucero, retomó recientemente un antecedente clave: la Corte Suprema ya pidió “federalismo de concertación” en materia ambiental. En palabras del tribunal, la protección ambiental es un derecho constitucional, pero su aplicación debe armonizarse con el régimen federal que otorga a las provincias la competencia sobre los recursos naturales.
Además, el tribunal consideró que el sistema federal argentino exige que tanto la Nación como las provincias actúen con coordinación, sobre todo en recursos naturales sometidos a régimen compartido. Para el sector minero, esa doctrina respalda la necesidad de una nueva ley consensuada que elimine ambigüedades.
La discusión en Argentina sobre la Ley de Glaciares no es nueva. Desde 2008, geólogos y expertos han alertado que la inclusión del “ambiente periglacial” en la regulación era ambigua y generaba inseguridad jurídica para inversiones cordilleranas. La Asociación Geológica de Mendoza, por ejemplo, criticó que el Congreso no escuchara las recomendaciones científicas para delimitar correctamente qué constituye un glaciar o un área de escombros.
Del otro lado de la Cordillera, Chile ha adoptado un enfoque regulatorio distinto. Pese a que también tiene glaciares en sus Andes, no sancionó una ley equivalente al modelo argentino.
IANIGLA
En paralelo, desde organizaciones ecologistas como Greenpeace y la Pastoral Social se promovió una visión más restrictiva, que terminó por consolidarse políticamente en la sanción de la Ley 26.639 en 2010. Esa normativa protegió no solo a los glaciares propiamente dichos, sino también al denominado “ambiente periglacial”, lo que, según sus oponentes, fue un obstáculo decisivo para ciertas inversiones mineras.
Mientras tanto, del otro lado de la Cordillera, Chile ha adoptado un enfoque regulatorio distinto. Pese a que también tiene glaciares en sus Andes, no sancionó una ley equivalente al modelo argentino. En su lugar, optó por normativas sectoriales y ambientales para proteger los campos de hielo sin recurrir a una legislación general tan amplia como la Ley 26.639. Esto ha permitido una mayor flexibilidad para proyectos mineros en zonas glaciares, aunque no ha estado exento de críticas por parte de organizaciones ambientalistas.
Ahora, a más de una década y media de aquel debate inicial, Argentina parece encaminarse a una redefinición profunda de su marco legal: los actores políticos, técnicos y empresariales coinciden en la necesidad de concretar una “solución definitiva” que combine protección ambiental con certeza para las inversiones. (ámbito.com; 19/11/2025-17:40hs)

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