BCRA: flexibilizó el cepo para importaciones, aumentó el monto no obligado a liquidar por exportación de servicios y quitó todas las restricciones de compra del dólar MEP

BCRA: flexibilizó el cepo para importaciones, aumentó el monto no obligado a liquidar por exportación de servicios y quitó todas las restricciones de compra del dólar MEP

o.- (Comunicado del BCRA) En un comunicado se dio a conocer una nueva política de flexibilización de las regulaciones para acceder al mercado de cambios.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio un nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones.
El Directorio del BCRA ha acortado los plazos para que las empresas accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, y a su vez ha aumentado el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC.
Esta medida representa un alivio financiero para las empresas importadoras y contribuye a la reactivación económica, mientras reduce la brecha cambiaria, ya que evita la necesidad de recurrir al mercado paralelo para obtener financiamiento.
No obstante, hay una noticia que impacta en el ciudadano a pie, y es que la entidad nacional ha permitido que personas que recibieron ayudas estatales durante la pandemia, o que se benefician de subsidios a los servicios públicos, puedan realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera, como el dólar MEP.
El Directorio del BCRA decidió hoy acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC y permitir que las personas que habían recibido alguna ayuda por parte del Estado durante la pandemia o que se benefician con subsidios a los consumos de servicios públicos puedan realizar operaciones cambiarias a través de títulos valores en moneda extranjera.
La calendarización del pago de importaciones implementada a partir de diciembre de 2023 posibilitó la acumulación de reservas internacionales en forma acelerada generando un stock de deuda comercial. En respuesta a los mejores resultados de lo previsto en el desarrollo del programa, el BCRA avanza en la normalización del comercio exterior, permitiendo la reducción de las deudas contraídas.
Flexibilización en los plazos de pago de importaciones
Desde que asumieron las autoridades del BCRA, el 10 de diciembre de 2023, el flujo de importaciones que se encontraba virtualmente frenado por las innumerables trabas al acceso al mercado cambiario y los niveles de endeudamiento comercial acumulados se fue normalizado con un esquema de pagos transparente y previsible. En el transcurso del primer semestre de 2024, los pagos de importaciones cursados por el MLC volvieron al entorno del 100% del monto mensual promedio de importaciones.
En la actualidad, los bienes vinculados a la energía se pagan al contado; los productos farmacéuticos, otros bienes relacionados con la atención de la salud, fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local, productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por MiPyMEs tienen acceso al MLC a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero.
Los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero. El Directorio decidió hoy que, a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MLC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero.
El resto de los productos se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones.
Esta medida tiene un doble efecto positivo: i) contribuye en la reactivación de la economía porque les permite a las empresas que importan afrontar menos carga financiera; ii) reduce el traslado a precios del mayor costo asociado a la calendarización vigente, que obligaba a aquellas empresas que no obtenían financiamiento comercial de sus proveedores a pagarles a través del mercado de cambios paralelo.
Aumento del monto no obligado a liquidar por exportación de servicios
En el marco de normalización de la política cambiaria, el Directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. La adecuación permite ahora cobrar hasta u$s 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo u$s 12.000.
Quita de restricciones para acceder al dólar MEP y CCL
La tercera medida que adoptó el Directorio es remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos.
Hasta ahora, unos pocos podían acceder (o sabían cómo) a este mercado de cambios pero con esta medida eso ya no sería un problema. Cabe destacar que esto habilitaría a suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para realizar sus operaciones inmobiliarias, lo que brinda una mayor flexibilidad y oportunidades en el mercado cambiario. (El Pregón Minero, 24/07/2024)

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