Oil Combustibles: designaron a los jueces que analizarán la causa
o.- (Lucía Salinas) Después del fallo unánime de la Corte Suprema que ordenó anular la sentencia de la Cámara Federal de Casación que había confirmado la absolución de los dueños del Grupo Indalo, Cristóbal López y Fabián de Sousa, en el caso por fraude al Estado a través de la firma Oil Combustibles, se conformó el nuevo tribunal que analizará el caso para tener un nuevo pronunciamiento sobre el caso.
Hace diez días el máximo Tribunal hizo lugar a un recurso del Ministerio Público Fiscal y revocó la decisión de Casación que había absuelto a Cristóbal López y Fabián De Sousa en el marco de la causa Oil Combustibles.
El expediente regresó a Comodoro Py donde, esta semana, se aceptó la inhibición de los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña quienes habían confirmado la sentencia del Tribunal Oral Federal 3 (TOF 3). La misma, con el voto disidente del juez Andrés Basso, había resuelto absolver a los dueños del Grupo Indalo y sólo atribuir la maniobra defraudatoria a Ricardo Echegaray en su rol de director de la AFIP.
Serán los jueces Alejandro Slokar, Guillermo Yacobucci y Mariano Borinsky quienes tendrán la responsabilidad de estudiar la resolución de la causa. En primer término se notificará a las partes la integración de la Sala, para que en el plazo de 48 horas presenten las objeciones que tengan al respecto.
Una vez que queda firme la conformación de la Sala, se fijarán las fechas de audiencias para que los nuevos camaristas puedan escuchar los argumentos de las partes. Esto incluye al fiscal Mario Villar quien insiste en que todos los acusados deben ser condenados por hechos de corrupción.
Según averiguó Clarín con fuentes judiciales, las audiencias podrían recién iniciar después de la feria judicial de invierno.
Luego, el Código Procesal Penal otorga veinte días hábiles para que haya un nuevo pronunciamiento por parte de la Casación Federal, pero es un plazo orientativo.
Cuando la Corte Suprema revocó el fallo que confirmaba el criterio del TOF 3, tuvo en cuenta el dictamen del Procurador Eduardo Casal, quien había señalado “una trama densa de relaciones personales y comerciales de mutuo beneficio entre los imputados y los que eran en aquel momento altos funcionarios de la administración pública”.
La sentencia que volverá a analizarse había resuelto una condena a 4 años y 8 meses de prisión a Echegaray y absolvió a los empresarios beneficiados por esa operatoria, a pesar de que los tres habían sido procesados y enviados a juicio por defraudación al Estado.
Según sostuvo la fiscalía en ese caso, Oil les cobró a los clientes que cargaban nafta en sus estaciones de servicio el ITC (impuesto a las transferencias de combustible), pero no le giró esa plata a la AFIP. De esa manera, según la acusación, el Grupo Indalo financió la compra de otras empresas, entre ellas el grupo de medios encabezado por el canal C5N y Radio 10, que se usó para apuntalar el gobierno de Cristina Kirchner. Según se estableció en el juicio, la deuda impositiva de Oil ascendía a unos $ 5.600 M. (Clarín, Buenos Aires, 11/06/2024)